Lo que necesitas saber:

El Consejo Técnico del IMSS cambió temporalmente las medidas de la Modalidad 40, mientras realiza una evaluación del impacto financiero de este esquema.

El Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) cambió las medidas temporales para la modalidad de Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio del Seguro Social o más conocida como Modalidad 40, mientras realiza una evaluación del impacto financiero de este esquema.

De acuerdo con lo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Consejo mandó a la Dirección de Finanzas, por conducto de la Unidad de Riesgos Financieros y Actuariales, que analice el efecto de esta modalidad para la situación financiera del Seguro en un plazo máximo de 6 meses.

Después de esto, la Dirección Jurídica deberá coordinar en un plazo no mayor a 6 meses a partir de los resultados, una propuesta de modificación a la normativa aplicable.

Detienena empleados del IMSS L a Raza con cocaína y marihuana
Dos empleados del IMSS La Raza fueron detenidos por traer cocaína y marihuana / Foto: Cuartoscuro

Cambios temporales para los asegurados

Hasta que se tenga bien el análisis y mientras el Consejo determina la continuidad de la medida, el Acuerdo dispone esto:

  • Quienes ya estén inscritos en la modalidad, al entrar en vigor el Acuerdo, permanecerán en ella, en las condiciones actuales, hasta concluir el periodo contratado.

Eso quiere decir que si ya estás pagando la Modalidad 40 cuando entre en vigor el nuevo Acuerdo, podrás continuar bajo las condiciones que tienes actualmente, sin tener modificación alguna, hasta que termine el periodo que contrataste.

  • Quienes terminen su periodo contratado, o deseen conservar derechos para efectos pensionarios, podrán incorporarse nuevamente a la Continuación Voluntaria mediante solicitud al Instituto. Lo harán con el último salario base de cotización registrado al causar baja en el régimen obligatorio, o hasta ese importe más una Unidad de Medida y Actualización (UMA). En ningún caso será inferior a un salario mínimo general vigente para el resto del país.

Si ya finalizó tu periodo de contrato, podrás incorporarte nuevamente a la Modalidad 40 solo haciendo una solicitud al Instituto. Esto se hará de acuerdo con tu último sueldo base de cotización registrado.

  • Los nuevos aseguramientos surtirán efecto exclusivamente a partir de la fecha de la solicitud.
  • Se mantiene la opción de que cualquier persona se incorpore voluntariamente al régimen obligatorio como persona trabajadora independiente.
  • Quienes estén o se incorporen a la modalidad prevista en la fracción I del artículo 13 de la Ley del Seguro Social no podrán contratar la Continuación Voluntaria. Esa modalidad sí les permite conservar las prestaciones del Seguro de Enfermedades y Maternidad.

Recuerda que esas medidas son temporales mientras el Consejo determina la continuidad de las medidas.

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Cinéfilo, fan de la lucha libre y creyente de que la verdad siempre va primero. Me gusta contar las cosas con humor, sin perder de vista lo importante.

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