La consulta popular es una proceso nuevo en la vida pública de los ciudadanos mexicanos (aunque no así en el mundo… de hecho muchísimos países la utilizan, como Estados Unidos, Canadá y varios países de América Latina). Pero muchos no tenemos idea de cómo funciona, para qué sirve, qué se puede lograr con ella y cómo podemos proponer una pregunta. Pues bueno, el licenciado Arturo Sánchez, consejero del Instituto Nacional Electoral habló de esto para #AsíLasCosas:

Según Sánchez, la consulta popular:

“No es algo nuevo en el mundo”

Para que los ciudadanos puedan proponer una consulta, deben reunir la firma del 2 % de la población, es decir, 1 millón 750 mil firmas.

“Cada hoja debe de decir: yo quiero que se haga esta consulta”

Después de que el Congreso de la Unión reciba las firmas, este las debe de mandar al INE para que hagan un recuento de ellas y se revise si son vigentes. Luego de corroborarlas se envían nuevamente al Congreso, que enviará la consulta a la Suprema Corte de Justicia para que esta determine si la consulta en cuestión es constitucional. De ser constitucional, entonces se envía la consulta al INE para que la organice y complemente las capacitaciones en las elecciones más próximas para que incluyan también la consulta.

Sí, todo esto lleva el sello del barroquismo burocrático mexicano.

Según Sánchez, algunas preguntas no se pueden hacer:

Hay preguntas que no son constitucionales, no podemos pedir, por ejemplo, que renuncie un gobernador ni un diputado porque fueron electos por un proceso democrático”

Esta afirmación es muy rara por parte de este señor, ya que, si un servidor público fue elegido democráticamente, ¿por qué no podría ser destituido democráticamente? ¿por qué el proceso no puede ir de ida y vuelta?

En todo caso, lo que legitima su puesto es su representatividad, pero si la ciudadanía decide que esta persona no está representando los intereses de ésta ¿cuál sería el problema de quitarlo del puesto?

Para nosotros un caso de anticonstitucionalidad más claro es el de los derechos humanos. La ciudadanía no debería poder disponer de los derechos humanos de algunos sectores de la población. Así, no debería ser sujeto de consulta el derecho de las mujeres a decidir sobre su cuerpo, los derechos de los indígenas, la población con algún tipo de discapacidad, entre otros sectores.

“(la ciudadanía tiene) entre el 1° y el 15 de septiembre del año previo a las elecciones para hacer sus propuestas. El INE tiene un mes para hacer la revisión boleta por boleta”

Después la Corte tiene 15 días para decidir sobre la constitucionalidad de la pregunta.

Las consultas actuales son las del PRD (contra la reforma energética), la del PAN (salario mínimo), la del PRI (contra los plurinominales) y Morena (contra la reforma energética).

“Las consultas son vinculantes para las autoridades. Las autoridades deben acatar la decisión de la ciudadanía”

Pero las 4 consultas son de partidos políticos:

“Deberíamos de estar hablando de las consultas ciudadanas propuestas por ciudadanos (sic). Ningún partido entrega las propuestas a su nombre sino que lo hacen a nombre de ciudadanos”

Esto lanza una buena pregunta ¿un ciudadano promedio, de verdad, tiene el poder de convocar a una consulta? ¿nosotros podríamos convocar a casi 2 millones de personas? Suena a que solo los partidos políticos pueden usar este recurso y, además, lo pueden aprovechar como propaganda política ¿está bien esto?

Por otro lado, una consulta de sí o no saca de contexto toda una problemática. Parece que la ciudadanía no tendría conciencia de las consecuencias y efectos posibles de una pregunta.

Para Sánchez, la contextualización de las temáticas corre a cargo de los partidos, los medios y los especialistas en la materia:

“Habrá un debate alrededor para saber de lo que se está opinando”

La consulta popular es, también, una responsabilidad ciudadana, la ciudadanía debe informarse para poder elegir lo mejor posible:

“Hay que capacitar a los ciudadanos para que entiendan esta nueva facultad que tiene”

 

***Vía Wradio

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