¿Tras el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre el uso recreativo de la marihuana creyeron que solo tenían que acudir a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) para que se otorgara el permiso? Están muy equivocados….

Con el objetivo de aclarar este punto, el titular de la Cofepris, Julio Sánchez y Tépoz, explicó este lunes los “Lineamientos en Materia de Control Sanitario de la Cannabis y Derivados de la Misma“.

Los permisos para usar recreativamente la marihuana en México dependen de la orden de un juez. 

En ese sentido, la Comisión tiene facultades para emitir lineamientos en esta materia –sólo para el uso medicinal-, por lo que publicó las disposiciones generales, los fines médicos y de investigación, el uso médico y farmacológico, los criterios de comercialización, la publicidad, la verificación y las medidas de sanción, cuando sea el caso.


El procedimiento será el siguiente:

Con estos lineamientos, se va a pedir a los interesados, persona física o paciente, que se presente una consulta sobre las clasificaciones de producto ante la Cofepris. Esta consulta tiene que tener las características, así como un certificado de análisis del producto en cuestión.

En el caso de que resulte positiva la consulta, entonces va a tener aprobado el permiso.

Lo que es importante mencionar es que estos lineamientos son para el uso médico, de investigación e industrial de la marihuana, NO para el lúdico.


El funcionario explicó que actualmente la Cofepris no puede otorgar permisos para el uso recreativo. La jurisprudencia es de la SCJN, quien otorga el amparo al interesado y en ese momento la Cofepris puede otorgar el permiso.


Leer: La marihuana recreativa cada vez más cerca: SCJN sienta las bases para la legalización

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