Este 2 de septiembre, estrenando Mesa Directiva, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó con 420 votos la reforma a los artículos 108 y 111 de la Constitución para quitarle el fuero al Presidente de la República Mexicana.

Una vez que esta iniciativa, presentada por Morena, ya fue aprobada en la Cámara baja, pasa a manos del Senado de la República para su discusión y votación.

¿Esta iniciativa qué significa?

La iniciativa, presentada por la presidenta de la Comisión de Puntos Constitucionales, Aleida Alavez Ruiz y suscrita por el presidente Andrés Manuel López Obrador, propone retirar el fuero al presidente cuando se le acuse de cometer una serie de delitos de extrema gravedad y “que causen un severo daño al Estado y pueblo mexicano”.

Esto significa que el presidente podría ser imputado y juzgado por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano.

Para evitar “anarquía”, la iniciativa también contempla un mecanismo de control legislativo. Esto quiere decir que la acusación en cuestión primero deberá pasar por el Senado “con las garantías de ley” y en caso de que así se determine, ponerlo a disposición de las autoridades competentes con los procesos penales correspondientes.

En cuanto a la reforma al artículo 108, lo que se hizo fue ampliar el catálogo de delitos por el que el presidente puede ser enjuiciado y ahora se debería leer:

“[…] ahora que el Presidente de la República podrá ser imputado y juzgado por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por los que se podría ser enjuiciado cualquier ciudadano”

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Yo soy Gabriela Espinosa, pero díganme Gaby, si no siento que me regañan. Trabajo como reportera y redactora en Sopitas.com desde 2018 y desde entonces me enfoqué, en su mayoría, en hard news. En diciembre...

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