Por medio de un comunicado, la tarde del pasado 3 de enero, la Secretaría de Seguridad Pública de Puebla anunció la detención del pintor e influencer poblano, Esteban Fuentes de María, por presuntamente tratar de vender un mono araña en el centro histórico de Puebla.

Y aunque el artista anunció que ya estaba en libertad, la procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) formuló una denuncia ante la Fiscalía General de la República (FGR) por un delito en contra de la biodoversidad.

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Foto: SSP Puebla

El caso por presunto tráfico de especies protegidas

¿Qué pasó exactamente? Mientras agentes de la Policía Turística de Puebla hacían un recorrido en el Centro Histórico de Puebla, una mujer se les acercó y les dijo que el artista había intentado venderle un animal exótico.

Los agentes se acercaron y encontraron al hombre de 26 años con un mono araña en las manos. Le pidieron la documentación que acreditara su legal procedencia pero como no la tenía, lo detuvieron. El mono, que supuestamente intentaba vender, es una especie protegida por la Profepa, por lo que privarlo de su libertad o venderlo es un delito y grave.

De acuerdo con el Registro Nacional de Detenciones lo agarraron a las 11:27 am del 3 de enero de 2022 y fue liberado.

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Foto: @GMiguelVelez
vía Twitter

Por medio de un video publicado en su cuenta de Instagram, el artista e influencer aseguró que no estaba detenido, que no estaba traficando especies protegidas, que daría “su vida por la biodiversidad” y que quienes lo conocen saben la historia de ese mono ” que está ahora en manos de PROFEPA quienes cuidarán y encontrarán el mejor lugar para ella“.

 

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Denuncia ante la FGR

Por medio de sus redes sociales, la Profepa anunció que con ayuda de la FGR se emitió un dictamen y se formuló una denuncia en contra del artista por el delito de posesión ilícita de un mono araña. 

Actualmente los monos araña y monos aulladores están declarados como en peligro de extinción por lo que son especies sujetas a los programas de protección para la conservación de primates de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp).

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Foto: Profepa

De acuerdo con el artículo 420 del Código Penal Federal, hay una pena de entre 1 y 9 años en contra de quien realice cualquier actividad con fines de tráfico, capture, posea, transporte, acopie, introduzca o extraiga del país algún ejemplar de una especie de flora o fauna endémica, amenazada o en peligro de extinción.

Además, habrá una pena de hasta 3 años más cuando estas conductas afecten un área natural protegida o con fines comerciales.

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Foto: Profepa

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Yo soy Gabriela Espinosa, pero díganme Gaby, si no siento que me regañan. Trabajo como reportera y redactora en Sopitas.com desde 2018 y desde entonces me enfoqué, en su mayoría, en hard news. En diciembre...

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