¿Recuerdan que hace unos días Cabeza de Vaca dijo que se quería lanzar para presi en el 2030? Pues el coordinador general de Política y Gobierno de la Presidencia, Arturo Zaldívar, le puso un freno y dice que eso no puede suceder.
Y es que si le damos una hojeada a la Constitución, el artículo 38 dice que una persona prófuga de la justicia no puede ser candidato a la Presidencia de la República, una gubernatura o la Jefatura de Gobierno de la CDMX.
Recordemos que la Fiscalía General requiere a García Cabeza de Vaca por presuntos delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita.
Además, Arturo Zaldívar habló sobre Cabeza de Vaca y esto sostuvo:
“Si esta persona tiene orden de aprehensión, no ha comparecido ante un juez, está en otro país; obviamente, está sustraído de la acción de la justicia, entonces ahí entraría en el supuesto constitucional de prófugo de la justicia y no podría ser candidato”.
¿Qué dice el artículo 38 de la Constitución?
Durante la conferencia mañanera del 28 de agosto se explicó que también el artículo 38 constitucional contempla la suspensión de derechos políticos electorales por estar en prisión preventiva, por cumplir una sentencia que te prive de la libertad, tener condena por algún delito y por ser prófugo de la justicia.
Entre ellos entran delitos contra la vida y la integridad corporal, los de índole sexual o contra el libre desarrollo personal, violencia familiar, política o de género y por ser deudor alimenticio.
También se detalló que en un procedimiento o proceso penal hay que ir viendo cada una de las etapas y cómo se ha venido interpretando, tanto para la Suprema Corte como para el Tribunal Electoral del Poder Judicial.
Pero vale la pena parar oreja aquí, porque, aunque alguien reciba una denuncia, la Fiscalía lo investigue o lo impute, sí puede ser candidato o candidata, porque estas situaciones no implican la pérdida de sus derechos, de acuerdo con el principio de presunción de inocencia.
¿Y sobre vinculación a proceso? En ese caso hay de dos: se cancelan sus derechos cuando se haya puesto la medida de prisión preventiva, pero si el proceso lo lleva en libertad, sí puede ser candidato; sí, así nuestras leyes.
