En septiembre de 2017 una mujer fue condenada a cinco años de prisión por pagar con un billete falso de 500 pesos.  En 2014, otra mujer fue condenada 24 meses de cárcel por hacer lo mismo, pero con uno de 100 pesitos. En los dos casos, ninguna de las dos señoras se dedicaba a la fabricación de papel moneda pirata… simplemente se los “sembraron”, como a Margarita Zavala le hicieron con sus firmas falsas.

 ¿Y cuántos años le tocará a la exprimera dama y a los otros dos independientes que presentaron informaciones falsas, fotocopias de identificaciones oficiales y credenciales para votar falsificadas? Pues bueno, habrá que esperar hasta donde llega la denuncia que interpondrá el Instituto Nacional Electoral (INE) ante la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade) por toda la bola de irregularidades en los apoyos ciudadanos que registraron con el objetivo de obtener la candidatura presidencial independiente.

De acuerdo con Animal Político, el árbitro electoral procederá por el uso de copias para obtener las firmas, así como la falsificación de credenciales. Ambas “irregularidades” (por no decir delito, al menos en el segundo caso) fueron perpetradas por Margarita Zavala, Jaime Rodríguez, El Bronco, y Armando Ríos Piter y, hasta ahora, el único castigo que tienen (sólo dos de ellos) es la negativa a aparecer en la boleta electoral del próximo 1 de julio. Zavala hasta premiada salió: será la primera candidata presidencial independiente de la historia.

Margarita Zavala agradece a las personas que firmaron para lograr su candidatura presidencial

“Ese fenómeno nos parece extraño porque, si una persona (…) anda por la calle y le pregunta alguien que si quiere apoyar a un determinado aspirante a una candidatura independiente, pues esa persona no va a sacar de su bolsa una fotocopia de la credencial, va a sacar la credencial en original y de ahí se toma la fotografía; a nosotros nos pareció extraño”, comentó sobre las irregularidades detectadas el consejero electoral Marco Antonio Baños.

De acuerdo con el artículo 244 del Código Penal Federal, el delito de falsificación de documentos se comete, entre muchas otras formas, al poner “una firma o rúbrica falsa, aunque sea imaginaria, o alterando una verdadera, (…) atribuyéndose el que extiende el documento, o atribuyendo a la persona en cuyo nombre lo hace: un nombre o una investidura, calidad o circunstancia que no tenga y que sea necesaria para la validez del acto (…) [y] elaborando placas, gafetes, distintivos, documentos o cualquier otra identificación oficial, sin contar con la autorización de la autoridad correspondiente”.

Se agrega en el mencionado artículo que para que el delito de falsificación sea sancionable, se necesita que “el falsario se proponga sacar algún provecho para sí o para otro, o causar perjuicio a la sociedad, al Estado o a un tercero”… ¿algo así como obtener una candidatura presidencial? Quién sabe, eso ya lo decidirán las autoridades.

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