Por Sofía Mosqueda

El acoso es, evidentemente, una forma de violencia. Comprende cualquier conducta cometida por una persona en contra de otra mediante el ejercicio abusivo del poder con el fin de incordiarla; así como las conductas con connotación sexual que NO SON CONSENTIDAS por quien las recibe y que pueden implicar un estado de riesgo o de indefensión para la víctima. El acoso es producto de un desbalance de poder en el que una persona amedrenta a otra, y vaya que hay muchas formas de acosar a una persona. Se le puede acosar en la calle, en la escuela, en el trabajo, en el hogar; se le puede acosar virtualmente.

Para pocas personas con acceso a internet ha pasado desapercibido que desde hace por lo menos un año el tema del acoso ha estado en medios y en discusiones públicas. Las mujeres en México y en el mundo han hecho uso de diversas plataformas y espacios para denunciar el hartazgo generalizado sobre lo común y cotidiano que es sufrir cualquier tipo de acoso. #Metoo, #Yotambién, #MetooMx, #MiprimerAcoso, #YonoDenuncioPorque han sido sólo unas de las expresiones en redes de este descontento; aun cuando haya opiniones encontradas al respecto, no hay forma de negar que HAY UN PROBLEMA, ¿no?

Pues aparentemente los y las legisladores de este país no se están dando cuenta de nada. Apenas el mes pasado la Comisión de Igualdad de la Cámara de Diputados dictaminó una iniciativa presentada el año pasado para tipificar el acoso callejero en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. La iniciativa buscaba insertar en el artículo 16, que forma parte del Capítulo III, De la Violencia en la Comunidad, la definición de acoso sexual. El dictamen, sin embargo, cambió arbitrariamente el artículo a modificar y simplemente redefinió los conceptos de acoso y hostigamiento sexual en el artículo 13, perteneciente al Capítulo II: De la violencia laboral y docente. La mayoría de los medios del país reportaron equivocadamente que el acoso callejero sería visto como delito; lo cual es evidentemente falso, evidenciando una vez más la deficiencia del periodismo en este país y la incapacidad de los comunicadores para leer.

La iniciativa para tipificar el acoso callejero era apenas un primer paso para visibilizar un problema de violencia cotidiano en la comunidad, y aun cuando comprendía medidas de prevención y la implementación de un sistema de denuncia, no contemplaba ninguna reforma al Código Penal para configurarlo como delito. El que sí buscaba reformar el Código Penal para penalizar el acoso sexual, junto con otros delitos virtuales, era un dictamen de la Cámara de Diputados que en diciembre pasado el Senado modificó y dictaminó no sólo tergiversado, sino con un argumento francamente ridículo.

Las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos del Senado de la República declararon, respecto al tipo penal de acoso sexual, lo siguiente: “la conducta que se pretende tutelar no involucra actos sexuales o tocamientos de dicha naturaleza, sino que se limita al asedio, a solicitudes o a actos de naturaleza sexual indeseada para la víctima. A su vez, al igual que en el tipo penal de hostigamiento, la víctima es una persona mayor de edad, con la capacidad de resistir el asedio y de negarse a las proposiciones realizadas por el sujeto activo”.

Acoso callejero
Foto: urgente24.com

El acoso, por definición, es una forma de violencia en la que, si bien no hay necesariamente la subordinación explícita, hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima. Si las mujeres acosadas tuvieran la capacidad de resistir al acoso, éste no sería la pandemia social que es actualmente. De un dictamen que proponía verdaderamente penalizar el acoso sexual, lo que el Senado aprobó se limita a sancionar con cuatro a ocho años de prisión y multa de cuatrocientos a mil días multa a quien acose sexualmente de manera virtual a una persona menor de edad.

En un mundo y un país ideal erradicaríamos la violencia contra las mujeres estructuralmente, previniéndola desde la raíz, evitando que cualquier mujer nunca tuviera que sufrir un acoso. Sin embargo, y dado que no podemos ni debemos obviar el problema estructural y gravísimo que sufrimos, es imperante sancionarla cuando sí se manifiesta. El Senado acaba de desechar una oportunidad para avanzar hacia la erradicación de la violencia menospreciando todos los esfuerzos que se han hecho para visibilizar y denunciar uno de los peores cánceres que tiene nuestra sociedad; y la Cámara de Diputados ha elegido, una vez más, obviar los reclamos sociales y legislar lo que se les antoja.

¿Cómo puede haber tanta insensibilidad, tanto descaro, en uno de los órganos pilares del Estado mexicano? ¿En qué cabeza cabe que nuestros legisladores sean tan obtusos ante un problema tan arraigado y difundido en nuestro país como el acoso? Que no lean, que no entiendan no sólo la violencia que sufren las mujeres todos los días sino cómo sus pendejadas repercuten en la vida de las personas.

Es una burla y una lástima que en un momento en el que hay tanta discusión sobre el tema, en el que las mujeres están atreviéndose a denunciar, en el que hay un reclamo social tan fuerte por regular el tema del acoso, éste sea el actuar del poder legislativo de nuestro país.

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Sofía Mosqueda estudió Economía y Relaciones Internacionales en El Colegio de San Luis y es maestra en Ciencia Política por El Colegio de México.

Twitter: @moskeda

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