Aunque todavía con el corazón acongojado por la emotiva carta con la que el secretario de Movilidad se despidió de su “querido jefe”, Miguel Ángel Mancera (pues los ciudadanos qué… esos que se chin&!en), le echamos otro ojo a la Ley de Movilidad que nos dejó Héctor Serrano. Esto a partir de una nota aparecida en Excélsior, en la cual se apunta que las nuevas normas permitirán que en el Metro y Metrobús se cobre por estaciones recorridas y no de forma pareja, como usualmente se hace.

Metrobús Línea 7
Foto: Notimex

Aunque nos negábamos a creer que tan amoroso funcionario hiciera (o dejara el camino para) semejante fregadera, pues nos fuimos a los documentos para cerciorarnos y ¿qué creen? Efectivamente, en el nuevo reglamento publicado el 15 de septiembre en la Gaceta Oficial de la CDMX, se vislumbra una nueva modalidad de tarifa aplicable para el servicio de transporte público de pasajeros: el “diferencial”. De acuerdo con el artículo 196 de la mentada Ley, la tarifa diferencial es “el costo que se paga por la prestación del servicio en función de la distancia recorrida por el usuario a lo largo de un itinerario, o bien por las características, clase o tipo de servicio”. En el anterior reglamento se establecía que la tarifa del conjunto de servicios de transporte público de pasajeros era un “pago unitario”.

Muy bonito y todo, pero si mides más de 1.70 no vas a caber en el segundo piso del Metrobús de la Línea 7
Foto: Notimex/ José Pazos

Ahora, seguramente no hay quienes digan “ahhh, si serán güeyes, eso sólo aplica para microbuses y otros transportes concesionados. El Metro y el Metrobús es otra onda”. Bueno, en el mismo reglamento se hace la diferencia entre “Servicio de Transporte de Pasajeros Público Masivo” (en el cual entra Metro, el Servicio de Transportes Eléctricos de la CDMX, Sistema de Movilidad M1 y “otros que establezca el Jefe de Gobierno mediante Decreto”) y “Servicio de Transporte de Pasajeros Público Colectivo” (que engloba colectivos de ruta, Servicio Exprés, Metrobús, etc)… pero en el mencionado artículo 196 se habla ambiguamente de “servicio de transporte público de pasajeros”. Es decir, todo parejo.

Así que, como bien apunta Excélsior, en la nueva reglamentación se abre la posibilidad de que en el futuro no distante se cobre en el Metro, Metrobús, Tren Ligero y cualquier otro transporte que ahora tenga tarifa única por el tramo recorrido por el usuario. Tal y como se hace en metrópolis fregonas como Londres y París.

Suben reportes de robo a usuarios del Metro
Foto: Shutterstock

Pues ahí tienen. Aunque sea en cobro de tarifas, nos estamos pareciendo al primer mundo. “Hoy se cumple con el pendiente que desde 2014 existía en nuestra capital y con la ciudadanía para complementar las vanguardistas disposiciones de la Ley de Movilidad”, dijo Serrano cuando presentó el Reglamento de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México… antes de dejar el changarro abandonado, tal como lo hará Mancera en unas semanas.

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