Ah, jijo… En febrero de 2022 la diputada Bennelly Jocabeth Hernández Ruedas, de Morena, presentó una iniciativa para reformar la Ley sobre Delitos de Imprenta. Ese mismo día presentó otra propuesta para también incluir el asunto de los ataques a la vida privada.

Estamos hablando de un delito que fue eliminado por allá de 2012 y ahora pretende revivir.

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Foto: Cámara de Diputados

Pero…

¿Qué es eso de los ataques a la vida privada?

De acuerdo con la propuesta, se agrega un artículo 1 a la Ley sobre Delitos de Imprenta para tomar en cuenta los ataques a la vida privada. 

Explica que se trata de “toda manifestación o expresión maliciosa hecha verbalmente o por señales en medio de manuscrito, o de la imprenta, del dibujo, litografía, fotografía o de cualquier otra manera que expresa o circulando en público, o transmitida por correo, correo electrónico, telégrafo, teléfono, radiotelegrafía o por mensajes, o de cualquier otro modo, exponga a una persona al odio, desprecio o ridículo, o pueda causarle demérito o en su reputación en sus intereses”. 

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Foto: Cámara de Diputados

Como lo mencionamos anteriormente, este es un delito que fue eliminado por la propia Cámara de Diputados por allá de 2012. Bueno, fue ese año en que se publicó el decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF). 

El 11 de abril de 2007 la diputada María del Pilar Ortega Martino, del PAN, presentó una iniciativa ante el pleno para darle cuello a los artículos 1 y 31 de la Ley sobre los Delitos de Imprenta. Es decir, el artículo que definía el “ataque a la vida privada” y el artículo que definía la sanción por cometerlo.

Esta iniciativa fue aprobada el 6 de diciembre del mismo año y el Senado hizo lo propio después.

Apunta que el artículo 1º de la Ley sobre Delitos de Imprenta tipifica conductas que constituyen ataques a la vida privada y que se considera son un exceso al ejercicio de los derechos consagrados en los artículos 6º y 7º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Asimismo, relata que el artículo 31 del mencionado ordenamiento establece las sanciones correspondientes a las conductas descritas que van desde la multa a la pena de prisión“, se lee en el informe del Senado.

La derogación de estos dos artículos y por lo tanto del delito se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 11 de enero de 2012, con la firma del presidente Felipe Calderón.

Antes de que el artículo 31 se eliminara, estipulada que había una pena de entre 6 meses y 2 años de prisión, así como una multa de 100 mil pesos, para quien cometiera el delito de ataques a la vida privada. Pero en la iniciativa de la diputada de Morena, en este 2023, ese artículo no regresó, por lo que no sabemos cuál es la sanción que propone.

Por medio de su cuenta de Twiter, el presidente de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, Ignacio Mier, anunció que la iniciativa sobre las injurias no pasará al Pleno. 

La iniciativa no es parte de nuestra agenda legislativa. Ni error político, ni estratégico, solo un trámite legislativo”. 

Y ojalá que no porque en Comisiones pasó a toda máquina.

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Yo soy Gabriela Espinosa, pero díganme Gaby, si no siento que me regañan. Trabajo como reportera y redactora en Sopitas.com desde 2018 y desde entonces me enfoqué, en su mayoría, en hard news. En diciembre...

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