Después del segundo debate presidencial, el candidato de Todos por México, José Antonio Meade, puso el caso de Nestora Salgado de nueva cuenta en el ojo del huracán.

Para entender de qué va este caso, Verificado2018 revisó los expedientes penales seguidos entre 2013 y 2016 de la candidata de Morena al Senado y esto fue lo que encontró:

Los expedientes de Nestora muestran que ella recuperó su libertad al concluirse que, en todos los casos, el Ministerio Público no tenía pruebas para demostrar que había cometido los delitos de secuestro agravado y privación de la libertad.

Expedientes de los juicios penales 2013 y 2016 contra Nestora Salgado candidata al Senado de la República con el partido Morena
Nestora Salgado candidata al Senado por Morena Foto: @nestora_salgado

Y ojo, hubo jueces que fueron más allá en su análisis de los hechos y concluyeron que los supuestos secuestros que se le atribuían fueron “detenciones legales” realizadas por la Policía Comunitaria de Olinalá y no acciones personales.

Además, el cobro de la liberación de los detenidos no se trató de un “rescate“, sino de una “fianza, eso fue lo que algunos los jueces concluyeron.

Estos fueron los argumentos en las resoluciones, en las que no se plantea —al contrario de lo que afirmó Pepe “Mid” en el segundo debate— que Nestora fue liberada por “fallas de la policía” o por “errores en el debido proceso“.

Vamos por partes

En la causa penal 048/2014-II, por ejemplo, el juez ordenó la libertad de Nestora “por la falta de elementos para procesar, con las reservas de ley, a Nestora Salgado García, por los delitos de secuestro agravado y privación de la libertad“.

Ésta es la conclusión a la que llegaron los jueces que llevaron los procesos penales en Guerrero contra la excomandante.

En otros casos, como en la causa penal 05/2014-I, el juez no sólo ordenó su liberación por falta de elementos, sino que calificó la decisión como un acto “justo y apegado a derecho”.

Ya en el caso del proceso penal en su contra por el delito de delincuencia organizada, que siguió un juez federal, Nestora quedó libre por falta de pruebas.

Aún así, en Guerrero hay procesos abiertos, porque el Ministerio Público objetó la decisión del juez. Sin embargo, a dos años de esto, los procesos no se han reactivado.

¿Secuestro o arresto legal?

Los expedientes penales de Nestora Salgado, a los que Animal Político tuvo acceso, explican que la excomandante no fue liberada por una “falla de la policía” o por errores de “procedimiento, como afirmó el buen “Mid” al igual que sus voceros.

Como Aurelio Nuño, exsecretario de Educación y coordinador de la campaña del candidato del PRI a la Presidencia, quien dijo en dos entrevistas radiofónicas —Atando Cabos, en Radio Fórmula, y Así las Cosas en W Radio— que Nestora había sido liberada “no porque no hubiera cometidos esas acciones (los supuestos secuestros). Fue un tema de procedimiento”.

En sus entrevistas, Nuño agregó que el caso de Nestora era igual al de Florence Cassez —¿lo recuerdan?—acusada de secuestro, pero liberada en el debido proceso.

Eso no dicen las resoluciones de los jueces.

En realidad, los expedientes señalan que la liberación se decretó porque los actos que se le atribuían a Nestora no encajan con la definición penal del delito de secuestro, ni con la de ningún otro delito, por lo que no había elementos para procesarla.

Por ejemplo, en el auto de libertad relacionado con la causa penal 048/2014-II, el juez que llevó el caso concluyó que:

Aún cuando esté demostrada la existencia de una privación de la libertad, cierto también es que, en el presente caso, no puede sostenerse válidamente que fue con el fin de recibir un rescate para sí o para un tercero, sino que dicha institución a la que pertenece la inculpada forma parte del Sistema Estatal de Seguridad Pública, Policía Comunitaria, y consiguientemente, los actos que se le imputan a Nestora Salgado García se entienden como una detención“, no como un secuestro.

Así que de acuerdo con la resolución, los supuestos secuestrados eran en realidad personas detenidas por la Policía Comunitaria, acusados por el robo de ganado.

El juez puso énfasis en que estas personas fueron detenidas por la autoridad y no secuestradas por una banda criminal.

¿Por qué? Porque los elementos de la Policía Comunitaria de Guerrero, incluido el de Olinalá, así como los centros de detención que operan, “tienen legitimación en términos de la Ley 701 de Reconocimiento, Derechos y Cultura de los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado de Guerrero, y no tiene como propósito delinquir, sino colaborar en la seguridad de las poblaciones o comunidades donde se conforma una Policía Comunitaria o Ciudadana”.

Para que no quedara duda, el juez resaltó que la existencia de la Policía Comunitaria está sustentada “en el ejercicio de un derecho que les da (a los pueblos y comunidades indígenas) el artículo 2 de la Carta Magna, pues en esos lugares existe un sistema de justicia indígena propio“.

Y por esta razón, el juez determinó que la multa, por así decirle a la imposición de un monto económico para que los detenidos por la Policía Comunitaria de Olinalá recuperaran su libertad, era “válidamente considerada una fianza” y no un cobro de rescate.

En el acto de libertad, el juez concluyó que las acciones que se imputaron en 2013 a Nestora “no son constitutivas de la figura típica de secuestro“, razón por la cual que ordenó que Salgado saliera de prisión.

Denunciantes aleccionados

En el segundo debate presidencial —el pasado domingo 20 de mayo—, el aspirante priista José Antonio Meade dio lectura al testimonio de una persona, que en 2013 acusó a Salgado de exigirle 5 mil pesos, a cambio de la liberación de su hija, detenida por la Policía Comunitaria de Olinalá.

Soy la comandante Nestora Salgado—leyó Mid—, y sólo le llamo para decirle que, a cambio de la libertad de su hija, me tiene que entregar la cantidad de 5 mil pesos, así que ya sabe, cuando tenga esa cantidad, me la entrega y, entonces, yo le entrego a su hija“.

Aunque José Antonio Meade atribuye estas palabras a Nestora Salgado, en realidad, no existen pruebas de que ella alguna vez las haya dicho.

Más bien, se trata de un extracto de las declaraciones ministeriales hechas por un matrimonio, cuya hija fue arrestada por la Policía Comunitaria de Olinalá y fueron extraídas de la página 10 de la causa penal 05/2014, instruida contra Salgado por el delito de secuestro.

Cuando Pepe Meade dio lectura a este fragmento del expediente, omitió señalar que en la página siguiente del mismo, el juez determinó que dicho testimonio no podía ser considerado verídico, debido a que los denunciantes incurrieron en diversas contradicciones e inconsistencias.

¡Zás!

Después de analizar este testimonio, el juez concluyó que los integrantes de este matrimonio “no se conducen con probidad en los hechos que narran en sus diversas comparecencias ante el órgano investigador, y por lo tanto, sus declaraciones se desestiman“.

La primera denuncia por ese supuesto secuestro fue presentada el 19 de julio de 2013, días después de que la Policía Comunitaria arrestara a la hija del matrimonio que reportó los hechos. Después, este matrimonio hizo dos ampliaciones a su denuncia, durante los días 22 y 23 de julio.

En esas tres primeras comparecencias ante el Ministerio Público, sin embargo, los denunciantes nunca señalaron que Nestora Salgado les hubiera pedido ninguna cantidad a cambio de la liberación de su hija.

No fue sino hasta un mes después, el 15 de agosto de 2013, que el matrimonio formuló una ampliación de su denuncia, ahora para incluir la acusación del cobro de rescate.

Pero al estudiar esta declaración, el juez consideró que “de haber sido ciertos tales argumentos, de inmediato (se) pudo haber puesto en conocimiento al órgano investigador (sobre dicho cobro)” el mismo 19 de julio, cuando se inició la denuncia, “y no comparecer hasta el 15 de agosto” para hacer ese agregado.

Estas inconsistencias entre lo que dijeron los denunciantes en julio y lo que dijeron en agosto de 2013, evidencian que “no se conducen con veracidad, al variar los hechos en su última declaración“, concluyó el juez.

Además, esta divergencia en sus declaraciones, se subraya en el expediente, deja ver que el matrimonio quejoso “se conduce con aleccionamiento”.

O sea, que alguien les dijo a estas personas lo que debían agregar a su denuncia.

El juez también destacó que los denunciantes tampoco especificaron lugar, día y hora en la que ocurrieron los supuestos hechos, por lo que, “al no ser claros y precisos respecto de las circunstancias de modo, tiempo y lugar, (esos testimonios) resultan insuficientes para demostrar que existió una exigencia de pago para rescatar” a nadie.

Por las mismas fallas, otros testimonios expuestos por el Ministerio Público para incriminar a Nestora Salgado también fueron desechados.

Juicios en revisión

Aunque Nestora fue liberada en 2016, luego de pasar casi tres años en prisión, todos los autos de libertad emitidos en su favor están actualmente impugnados por el Ministerio Público y, por lo tanto, dichas resoluciones están en proceso de revisión.

OJO, esto no quiere decir que las resoluciones judiciales que concedieron la libertad a Nestora Salgado por falta de pruebas no estén vigentes, sino que el Ministerio Público tiene la opción de buscar pruebas en contra de Salgado y, en caso de hallarlas, los juicios podrían reactivarse.

A dos años de la liberación de Salgado esto todavía no ocurre.

Nestora Salgado responde a Meade y anunció que lo demandará por difamación
Tuit de Nestora Salgado responde a Meade. Foto: @nestora_salgado

Mientras eso no suceda, los razonamientos expuestos por los jueces en favor de Nestora Salgado se consideran válidos.

La CNDH

Tal como Verificado 2018 ha informado, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) sí consideró que la Policía Comunitaria violó los derechos humanos de los detenidos. Incluso los acusó de que, en algunos casos, los torturó.

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Esto lo dictaminó después de analizar las entrevistas de los detenidos.

Sin embargo, la CNDH consideró que esto también se explicaba por la falta de leyes y reglamentos que dictaran el proceder de la Policía Comunitaria.

**Foto de portada: @nestora_salgado

Montserrat Sánchez y Paris Martínez 

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