El año pasado, en plena campaña presidencial, Ricardo Anaya fue acusado de estar metido en cuestiones de lavado de dinero. El panista la libró, no así Manuel Barreiro, el empresario que, supuestamente, le echó la mano.

De acuerdo con diversos medios, un juez de control de la Ciudad de México emitió una orden de aprehensión en contra del empresario Manuel Barreiro. El delito por el que podría ser privado de su libertad no dista mucho de los señalamientos que se le hicieron en 2018: desvío de recursos de una empresa a la que administraba.

Según apunta La Jornada, como responsable de la administración y representación legal de la empresa Aspen Partners Invesco II, S. A. de C. V, Barreiro habría desviado 188 millones 126 mil 280.95 pesos.

Además de la orden de aprehensión, el Juez Centésimo Décimo Quinto de Control, del Sistema Procesal Penal Acusatorio de la Ciudad de México, adscrito a la Unidad de Gestión Judicial Número Doce solicitó emitir una alerta al Instituto Nacional de Migración (INM), con el objetivo de que se anden a las vivas, ya que existe riesgo de fuga.

En 2018, el nombre de Manuel Barreiro sonó sabroso en diferentes medios. Y cómo no, si se le señaló como cómplice de un caso de supuesto lavado de dinero en el que habría tenido participación el entonces candidato presidencial por el PAN, Ricardo Anaya.

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Foto: Cuartoscuro.

Según las investigaciones de la extinta PGR, se habrían detectado acciones relacionadas con lavado de dinero, a raíz de la venta que hizo Anaya de una nave industrial al empresario Manuel Barreiro. “Los recursos operados tienen su origen y destino en actividades lícitas, pues es claro que éstos se encuentran sustentados en diversos ingresos propios de su actividad económica inmobiliaria y un crédito bancario”, indicaba el expediente del caso.

Sin embargo, después de que esta acusación acabó de matar la ya de por sí muerta campaña presidencial de Anaya, las investigaciones acabaron por exonerar al panista, esto en marzo pasado. Con el desarrollo de las investigaciones, las autoridades acabaron por determinar que “no existen datos de prueba suficientes aún de manera circunstancial que permitan acreditar el hecho con apariencia de delito“.

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