El Partido Acción Nacional (PAN) podría perder su registro como partido político por la cantidad de militantes que tiene actualmente. Y es que a pesar de ser la segunda organización con mayor número de votos en las pasadas elecciones de junio, solo cuenta con el 0.28  del 0.26 % requerido de miembros, por lo que si perdiera unos cuantos, podría dejar de existir.

¿Por qué el PAN podría perder su registro?

De acuerdo con el Registro Nacional de Militantes del PAN, este partido político tiene a la fecha 270 mil 799 militantes, lo cual representa, según información de Excélsior, el 0.28 % del Padrón Electoral Federal de 94 millones 918 mil nueve mexicanos. El problema es que la Ley de Partidos indica que el número de militantes no puede ser inferior al 0.26 %.

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Sí, específicamente en el artículo 10, párrafo 2, inciso “b” de la Ley de Partidos se establece que para que una organización se registre como partido político, antes se deberá verificar que cuenta con tres mil militantes en por lo menos veinte estados, o que tenga 300 militantes en al menos 200 Distritos Electorales uninominales. Así como que el número total de sus miembros en el país no sea inferior al 0.26 % de padrón electoral federal que se utilizara en la elección federal ordinaria inmediata anterior.

Marko Cortés, dirigente del PAN, llama a afiliarse a su partido

Apenitas este domingo 18 de julio, el presidente nacional del PAN, Marko Cortés, realizó un llamado para que más personas se afilien al partido blanquiazul, y hasta pidió a los organismos internos que activen la promoción de afiliación. Eso sí, no mencionó por qué estaba pidiendo que se integren más militantes.

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Fue justo por medio de un comunicado que el dirigente señaló lo siguiente: El PAN tiene las puertas abiertas para todos los ciudadanos que deseen participar activamente en la actividad política, inclusive a los Amlopentidos, porque sabemos que México hoy nos necesita a todos para poder salir adelante y tener más opciones de crecimiento y desarrollo para nuestra gente”.

Por esta razón, instruyó a todos los comités directivos estatales y municipales de todo el país para que soliciten e impartan cursos de inducción al PAN.

Cabe señalar que también el inciso “c” del artículo 25 de la Ley General de Partidos Políticos indica que éstos tienen la obligación de mantener el mínimo de militantes requeridos en las leyes respectivas para su constitución y registro. Mientras que el artículo 94, en el inciso “d”, señala que son causas de la pérdida del registro el dejar de cumplir con los requisitos necesarios para obtener el registro.

*Con información de Leticia Robles de la Rosa de Excélsior

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Me llamo Erick Ponce y trabajo en Sopitas.com desde el 2020. De hecho, entré justo un mes antes de que se decretara la pandemia de COVID-19; pero bueno, este no es el lugar para deprimirlos. Antes colaboré...

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