Así como no hay feria sin caballitos, los del PRI creen que no pueden llamarse elecciones si no se pueden regalar las respectivas tarjetas. Por ello, recurrió ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para quejarse por esa “fresada” de prohibir la repartición de las “Monex” o “Tarjeta Rosa” que tan buenos dividendos les ha dado a sus candidatos en comicios pasados. Y bueno, con las experiencias tan buenas que ha dejado permitir ese tipo de dádivas, el Tribunal decidió sabiamente…

Efectivamente, el TEPJF se olvidó de las broncas que la repartición dichas tarjetas ha generado en elecciones presidenciales y gubernamentales y determinó que el Instituto Nacional Electoral (INE) no puede prohibir acto tan democrático. Resultado: el INE tendrá que ajustar sus reglas a conveniencia del tricolor, digo, cambiar normas en su reglamento de fiscalización. Con ello, en los próximos comicios se espera que lloverán tarjetas, ya que las modificaciones que realizará el INE habrán de considerar que las erogaciones que los partidos hagan por sus intentos de compra de votos ese concepto serán consideradas como meros “gastos de campaña”.

Hace solo un par de meses, el Consejo General del INE había determinado que la repartición los monederos electrónicos y las tarjetas deberían de considerarse ilegales si estaba acompañado de la respectiva solicitud de datos de los electores. Es decir, si se hacía a la manera que “dicen” aplicó el PRI en el Estado de México y Coahuila: “te doy una tarjeta a la que, cuando ganemos, le vamos a depositar una buena feria (seee claro)… pero danos copia de tu INE”. “Más vale ir generando certezas y no podemos permitir que eso sea considerado como un gasto de campaña”, señaló hace cinco meses para El Universal el consejero presidente del INE, Lorenzo Córdova.

Para prohibir la repartición de monederos y tarjetas, Córdova agregó que éstas estaban en la frontera de propaganda de campaña y promesa de dádiva. “No es lo mismo decir: ‘Vota por tal partido o vota por tal candidato’ o ‘me comprometo a hacer una carretera’, que decir: ‘Si votas por mí, te voy a dar un beneficio concreto y personalizado si gano’” (como fue el caso de las tarjetas), señaló.

¿Y entonces qué hizo que el TEPJF diera marcha atrás? Ahhh pues, muy al estilo de este sexenio, se rascó en las normas hasta hallarle el modo. Luego de lo sucedido con el reparto de tarjetas en las elecciones de Coahuila y Estado de México (donde ganó el PRI, por cierto), el INE modificó su Reglamento de Fiscalización a fin de impedir la entrega de plásticos u otro tipo de propaganda en los que se ofertara beneficios en caso de ganar un candidato. Así, si bien se contabilizarían en los gastos de campaña la repartición de tarjetas, también ameritaría una sanción, ya que se considerarían gastos prohibidos. En la modificación de la norma fue donde el magistrado José Luis Vargas encontró el detalle. Según su propuesta, el INE debió ajustarse al contenido del artículo 209 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe), el cual prohíbe la entrega de “cualquier tipo de material” que signifique una oferta a futuro y no sólo tarjetas, como propuso el árbitro electoral.

Es decir, para el magistrado sólo a los legisladores les corresponde decidir qué pueden o no hacer los partidos políticos y candidatos independientes durante los procesos electorales, así como las sanciones de no cumplir la norma. Al INE nomás le toca ver y sancionar. Y ya. Y bueno, como el proceso electoral ya arrancó y el tiempo no alcanza, los legisladores habrán de ver si prohíben la repartición de tarjetas hasta la próxima. De esta manera, se abre -otra vez- la posibilidad de ver cómo se coacciona el voto.

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