Este martes, 15 de noviembre, la Cámara de Diputados aprobó la reforma a la Ley de Seguridad Nacional para regular la presencia y acción de agentes extranjeros en México. Sí, con esta se obligará a cualquier funcionario del país a reportar a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) cualquier llamada telefónica o reunión con alguno de ellos.

¿Qué es lo que establece esta reforma a la Ley de Seguridad Nacional?

Esta reforma a la Ley de Seguridad Nacional, que también aprobaron las comisiones unidas de Gobernación y de Defensa Nacional de la Cámara de Diputados para regular y monitorear todas las actividades de agentes extranjeros en México, establece que en el marco de la cooperación internacional, las embajadas y misiones extranjeras acreditadas en el país deberán informar siempre a las autoridades respetando los convenios de cooperación bilateral.

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Foto: Cuartoscuro.

Al respecto, la modificación al artículo 69 de la ley indica: Los agentes extranjeros podrán ser autorizados para internarse temporalmente en territorio nacional para fines de intercambio de información, en el marco de los convenios y programas de cooperación bilateral suscritos por el Estado mexicano en materia de seguridad y que contribuyan a preservar la Seguridad Nacional”.

Y además agrega: “La Secretaría de Relaciones Exteriores, previo acuerdo con las secretarías de Seguridad y Protección Ciudadana, de la Defensa Nacional y de Marina, resolverá sobre la acreditación y la circunscripción territorial del agente extranjero de que se trate. Para tal efecto deberá considerar el principio de reciprocidad bilateral.

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Foto ilustrativa: Getty Images.

Funcionarios deberán informar a las autoridades

Agrega que los servidores públicos de las distintas entidades federativas, municipios y demarcaciones de la Ciudad de México deberán entregar a la SRE y SSPC, en los tres días siguientes tras cualquier reunión, intercambio de información, llamada telefónica o comunicaciones que tengan con los agentes extranjeros, un informe de las mismas.

Así dice la modificación al artículo 70 de la ley: “Las reuniones que sostengan con los agentes extranjeros deberán ser autorizadas con anterioridad por el grupo de alto nivel de seguridad. En dichas reuniones deberá estar presente un representante de la SRE”.

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Foto: Presidencia.

Además se señala que los funcionarios de los tres poderes, de los organismos con autonomía constitucional, de los estados, municipios y demarcaciones de la Ciudad de México, en su relación con agentes extranjeros, deberán seguir las normas, parámetros y obligaciones previstas en la presente ley y en los lineamientos que emita el consejo. Si no lo hacen, habrá causa de responsabilidad administrativa o penal, de conformidad con las leyes respectivas.

Aprueban reforma a la Ley de Seguridad Nacional

Después de que las comisiones especializadas aprobaran la minuta del Senado de la República, este día se aprobó esta reforma a la Ley de Seguridad Nacional para regular agentes extranjeros. Sí, con 329 votos a favor, 98 en contra y 40 abstenciones, se aprobó tanto en lo general como en lo particular y pasará finalmente al Ejecutivo.

*Con información de El Universal

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