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El encargado del despacho del Juzgado Primero de Distrito en materia penal dio por terminado el arraigo domiciliario en contra de Brenda Quevedo.
¿Recuerdan el caso Wallace? El Juzgado Primero de Distrito en Materia Penal retiró la pena de prisión domiciliaria en contra de Brenda Quevedo, quien desde el 2007 enfrenta un proceso penal por el secuestro y homicidio de Hugo Alberto Wallace; caso que sigue sin resolverse.
El juez también ordenó el retiro del dispositivo de geolocalización que portaba la mujer desde su salida de prisión en 2024.
La audiencia virtual que duró casi 11 horas y que acabó durante la madrugada del 8 de agosto, la defensa logró demostrar que las condiciones que en su momento se consideraron para darle la pena de prisión domiciliaria a Brenda han cambiado.
¿Y cuáles son esas condiciones que cambiaron?
La defensa expuso que entre las condiciones que se modificaron y que provocaron el cambio de medidas cautelares está el fallecimiento de Isabela Miranda de Wallace, madre de Hugo Alberto.
¿Por qué es importante? Parte de los argumentos por los cuales mantenían limitada de movimiento a Brenda era el supuesto riesgo que representaba para la integridad de la madre de Hugo.
Sus abogados argumentaron que la señora había recibido amenazas del presunto grupo delictivo.
La defensa logró documentar a través de la presentación de más de 40 datos de prueba que, luego de estar 15 años en prisión preventiva, Quevedo mostró un comportamiento adecuado de acuerdo a las medidas que le impusieron y no existe riesgo de fuga.
Lo que sí es que Brenda enfrenta diversos padecimientos de salud, que hacen necesario, al menos para ella, que ocupe una atención médica más especializada más allá de la que puede recibir estando recluida en su domicilio.
La postura de la acusación
El otro lado de la moneda, representantes de la FGR y asesores jurídicos de la familia Wallace argumentaron que, aun con la muerte de Isabela, existe un riesgo para los demás integrantes de la familia.
Además, recordaron que el riesgo de fuga no queda descartado del todo, porque en su momento, Brenda tuvo que ser detenida en el país vecino tras haber escapado de una orden de aprehensión en su contra.
Los abogados de la familia también argumentaron que Brenda no padecía de ninguna enfermedad degenerativa y que, tanto el tiempo que estuvo en prisión como en su domicilio, ha recibido la atención médica necesaria para su bienestar.
Pese a estos argumentos, el encargado del despacho del Juzgado Primero de Distrito en materia penal, Juan Alfredo Rodríguez, concluyó que las condiciones sí habían cambiado y dio por terminado el arraigo domiciliario.
Esta decisión permitió el retiro de elementos de la Guardia Nacional que cuidaban de manera permanente el domicilio de Brenda Quevedo.
