El exaspirante independiente Armando Ríos Piter no tendrá la presidencia, pero sí podrá cultivar y consumir su propia marihuana cuando se le de la gana. Sí, así como lo leyeron.
En marzo del año pasado, la Suprema Corte de Justicia -SCJN- dio entrada a un amparo que fue presentado por el entonces senador Armando Ríos Piter, para impugnar la prohibición absoluta del consumo de la marihuana.
Y fue hoy cuando la SCJN concedió ese amparo. Ríos Piter estará protegido de los 5 artículos de la Ley General de Salud que prohiben totalmente el consumo de la marihuana.
Lo que si hay que aclarar es que esa declaratoria no supone en ningún caso autorización para realizar actos de comercio, suministro o cualquier otro que se refiera a la “enajenación y/o distribución de las sustancias aludidas, en el entendido que el ejercicio del derecho no debe perjudicar a terceros”.
Los argumentos del amparo
Cuando fue a solicitar el uso lúdico de la hierba, argumentó ante el Poder Judicial de la Federación que los artículos 234, 235, 237, 245, 248, 368 y 479 de la Ley General de la Salud, mismos que establecen la prohibición para que la Secretaría de Salud emita autorizaciones para el consumo personal de la hierba, vulneraban sus derechos humanos.
Sin embargo, este no era su primer intento. En julio de 2016, la Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios -Cofepris- le negó el permiso para el consumo lúdico de marihuana.
Ya son 3 amparos
Contando el caso de Rios Piter, la Primera Sala de la Corte ya ha concedido tres amparos en relación al consumo lúdico de la marihuana.
El 4 de noviembre de 2015, la SCJN declaró inconstitucional la prohibición absoluta para el consumo de marihuana y concedió, por primera vez, un amparo a 4 personas para el autoconsumo lúdico y recreativo.
Dichas personas forman parte de la Sociedad Mexicana de Autoconsumo Responsable y Tolerante -SMART-.
El amparo resuelto hoy por la @SCJN, no significa que cualquier ciudadano pueda sembrar marihuana para su consumo: @ESanchezHdz
— Presidencia México (@PresidenciaMX) 5 de noviembre de 2015
El pasado 11 de abril, le fue otorgado el mismo amparo al abogado Ulrich Richter. Se volvió a reiterar la inconstitucionalidad de los 5 artículos de la Ley General de Salud que mencionamos antes.
Concede Primera Sala otro amparo para consumo lúdico de marihuana. En sesión de 11 de abril de 2018, la Primera Sala de la @SCJN conoció del amparo en revisión 1115/2017, sobre el consumo lúdico de la marihuana, y determinó conceder la protección de la justicia federal. pic.twitter.com/iCqNmI4DVJ
— Suprema Corte (@SCJN) 11 de abril de 2018
Leer: SCJN discute amparo sobre uso lúdico de la marihuana para Ríos Piter