Y la banda le contesta al SAT: pues él no vigila, los que vigilan son los bancos y ellos son los que le pasan el dato. ¿Sí?

Pues quién sabe qué reclamos están recibiendo en el Sistema de Administración Tributaria (SAT), pero éste tuvo que salir ayer con un comunicado para aclarar que 1) no hay impuestos por depósitos bancarios y 2) no vigila la realización de estos.

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FOTO ILUSTRATIVA: CRISANTA ESPINOSA AGUILAR /CUARTOSCURO.COM

Por medio de su cuenta oficial en Twitter, el SAT cree necesario recordarle al respetable que “es falso que se cobre impuestos por depósitos en efectivo realizados en instituciones bancarias”.

Por lo anterior, según el SAT, los padres que le depositan una corta a sus hijos, los que pagan lo de la tanda  o los que piden o hacen préstamos, pueden seguir moviendo el dinero sin ninguna preocupación. Seeeeeeee, “no se les vigila, ni cobra algún tipo de impuesto”, diiiiice el Sistema de Administración Tributaria.

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Foto: Especial.

Lo que sí aclara también el SAT es lo que, en efecto, muchos internautas contestaron al comunicado: son las instituciones bancarias las que se encargan de entregar la información de los contribuyentes… ahhh, pero sólo de aquellos que estén bajo un proceso de auditoria, fiscalización o revisión.

Sólo en aquellas auditorías que se detectan incongruencias entre los gastos e ingresos, el SAT podrá solicitar la información de sus depósitos a las instituciones financieras que cuenten con esta información, para evitar defraudaciones fiscales”.

Este comunicado del SAT llega a poco más de un año de que se dio a conocer que le echaría ojo a todo deposito bancario que superara los 15 mil pesotes. Bueno, eso fue lo que se avisó en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021.

En su momento se habló de que todo deposito que rebasara la cifra mencionada (no necesariamente en una exhibición, sino también en “abonos”) iba  a tener que ser declarada por el contribuyente. Sin embargo, luego se aclaró que serían los bancos los encargados de hacer la declaratoria.

El SAT señala que, en caso de que sean objeto de alguna auditoría, no deben de preocuparse (tanto): nomás se cotejará si la información que se declara es la misma que la que entrega mensualmente la institución financiera. Si hay concordancia, entonces no hay ninguna bronca. Si no, pues…

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