Este jueves por primera vez en la historia, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una declaratoria general de inconstitucionalidad para invalidar las sanciones que se imponían a los concesionarios de radio y televisión.

Estamos hablando del artículo 298, inciso B, fracción IV de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Esta norma establece una multa mínima por el equivalente al 1 y hasta el 3% de los ingresos del concesionario o autorizado. 

La determinación de la Corte es que esto resultaba excesivo.


Por medio de un comunicado, la Corte explica que entre octubre y noviembre de 2017 la Segunda Sala resolvió cinco amparos en revisión, en los cuales estableció un conjunto de resoluciones judiciales y determinó que esta parte de la ley violaba el artículo 22 de la Constitución Federal.

Pero ¿porqué se trata de una resolución histórica?

Como lo mencionamos anteriormente, es la primera vez que la Suprema Corte emite la primera declaratoria general de inconstitucionalidad, a través del juicio de amparo.

Es importante mencionar que los efectos de una sentencia de amparo sólo pueden beneficiar a quienes lo promovieron, es decir a los sujetos que se ampararon.

Ahora, la declaratoria de inconstitucionalidad tendrá efectos generales, es decir para todos. Lo siguiente es que se van a eliminar las sanciones que aparecen en la Ley de Telecomunicaciones y se publicará en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

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Yo soy Gabriela Espinosa, pero díganme Gaby, si no siento que me regañan. Trabajo como reportera y redactora en Sopitas.com desde 2018 y desde entonces me enfoqué, en su mayoría, en hard news. En diciembre...

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