Este martes con 114 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención, el pleno del Senado de la República aprobó en lo general y en lo particular el dictamen por el que se expide la Ley de la Guardia Nacional.

Las leyes secundarias aprobadas establecen que:

  • Tendrá carácter civil.
  • Su personal estará obligado a profesionalizarse y a respetar los derechos humanos.
  • Estará adscrita a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, además de que actuará bajo el mando del Ministerio Público.
  • Se va a sancionar a los elementos que cometan abusos y actos a favor de la delincuencia.

Las leyes aprobadas son la Ley de la Guardia Nacional, la de Registro de Detenciones, la de Uso de la Fuerza y modificaciones a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Por ejemplo, los agentes de seguridad tendrán permitido hacer uso de la fuerza letal sólo cuando su vida esté en riesgo y nunca en contra de manifestaciones pacíficas.

En el caso de que estas manifestaciones se pongan violentas, la policía tiene que tomar en cuenta los distintos niveles de fuerza que establece la ley: va desde persuasión hasta utilización de armas de fuego.

En el caso del Registro de Detenciones, el Instituto Nacional de Migración tendrá que crear un registro de los migrantes detenidos, por lo que se cuenta con un plazo de 180 días para que se realicen las reformas necesarias a la Ley de Migración.

Por otro lado, aquellos militares y marinos que sean asignados a la Guardia Nacional, tendrán que separarse funcionalmente de las Fuerzas Armadas, por lo que quedarán sujetos al fuero civil.

Esta aprobación fue enviada a la Cámara de Diputados para su análisis.

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