Esta es una decisión histórica para CDMX y si bien ya se había dado un paso adelante —el pasado 10 de julio las Comisiones Unidas de Administración y Procuración de Justicia y de Igualdad de Género prohibieron las terapias de conversión—, el Congreso de la Ciudad de México aprobó tipificar los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG) como un delito.

Con 49 votos a favor, nueve en contra y cinco abstenciones, el Pleno del Congreso CDMX aprobó modificar el Código Penal para tipificar el delito de las terapias de conversión “que atenten contra el libre desarrollo de la personalidad e identidad sexual”.

Se trata de un hecho histórico para CDMX y el país, pues con esta decisión la gran Tenochtitlan garantiza los derechos humanos de la comunidad LGBTI (Lesbico, Gay, Bisexual, Trans e Intersexual) —siendo un modelo para que los congresos de otros estados impulsen reformas como esta.

Terapias de conversión

La iniciativa para tipificar las terapias de conversión fue presentada en 2018 por el diputado de Morena Temístocles Villanueva.

Dos años después, esta iniciativa fue discutida y aprobada por las Comisiones Unidas. Sin embargo, para que fuera una realidad sólo faltaba que el Pleno del Congreso le diera luz verde. ¿Qué se aprobó?

Se trata de una reforma al artículo 206 bis del Código Penal local y que sanciona los tratamientos o los esfuerzos que atenten contra la libre autodeterminación de orientación e identidad de las personas.

La sanción estipula de dos a cinco años de prisión —y de 50 a cien horas de trabajo comunitario contra quien obligue a una persona a tomar “sesiones psicológicas, psiquiátricas, métodos o tratamientos con la aplicación de violencia física, moral psicoemocional, con tratos crueles, inhumanos o degradantes en contra la dignidad humana”.

Foto: Cuartoscuro.

Como saben, el objetivo de las terapias de conversión es cambiar la orientación o identidad de una persona —en la mayoría de los casos de la comunidad LGBTI.

De acuerdo con el dictamen para tipificar las terapias de conversión o los ECOSIG, obligar a una persona a tomar estos “tratamientos” es ejercer tortura en su contra:

“Se entenderá también como tortura y se sancionará con las penas previstas en el presente artículo, a quien obligue o aplique sobre una persona métodos tendientes a anular el libre desarrollo de la personalidad, orientación sexual, identidad y expresión de género de la víctima o a disminuir su capacidad física o mental, aunque no cause dolor físico o angustia psicológica”.

Un paso adelante: Terapias de conversión son prohibidas por las comisiones del Congreso CDMX

Es decir, si una persona es obligada a inscribirse a una terapia de conversión, esto supone un delito. Los grupos o las personas que obliguen a un ciudadano o ciudadana a tomar estas terapias serán castigados —a pesar de las manifestaciones grupos provida que han rechazado este dictamen.

¿Qué dijo Claudia Sheinbaum?

Cuestionada al respecto, la jefa de Gobierno CDMX declaró estar a favor de la decisión que tomó el Pleno del Congreso, al explicar que los ECOSIG no corresponden a los hechos científicos y tampoco a la ciudad que CDMX se perfila a ser.

Foto: Cuartoscuro.

Más o menos, esto fue lo que dijo:

“Estoy totalmente de acuerdo, me parece que es de la inquisición estas medidas de querer cambiar la orientación sexual de una persona con terapias, no corresponde a los sistemas de salud del siglo XXI, no corresponde a las libertades a las que tiene acceso esta ciudad”.

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Hola, soy Lucy Sanabria. Desde 2018 redacto y reporteo para Sopitas.com, con especial entusiasmo en temas de derechos humanos y LGBT+. En 2021 fui parte de la generación de la beca de Periodismo Incluyente...

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