Por Sofía Mosqueda

La violencia contra las mujeres es uno de los principales problemas de la actualidad. Ésta, siendo producto de la gran desigualdad de género que vivimos en nuestro país, además de estar enraizada culturalmente en nuestra vida cotidiana, tiene muchas expresiones y manifestaciones.

La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, herramienta con la que se procura la creación de mecanismos legales para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en México, define la violencia contra las mujeres como “cualquier acción u omisión, basada en su género, que les cause daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte tanto en el ámbito privado como en el público”. Según esta ley, la violencia contra las mujeres puede ser psicológica, física, patrimonial, económica y sexual, pero también indica que cualquier otra forma análoga de violencia que lesione o dañe la dignidad, integridad o libertad de las mujeres será considerada como tal.

Probablemente esté de más decir que además de los instrumentos que tenemos en el país hay una serie de herramientas –tratados, convenciones, conferencias- internacionales (La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, CEDAW, y la Convención de Belém do Pará son las principales) que se han diseñado específicamente para, en conjunto, trabajar para solucionar el problema de la violencia contra las mujeres. ¿Por qué? Porque es prácticamente una epidemia.

Las mujeres viven diariamente todo tipo de violencia. En todos lados. En su casa, en el camino al trabajo (el transporte público es por excelencia el espacio en donde más se acosa a las mujeres), en la escuela, en su trabajo, en el gimnasio, en el bar, en el antro, en la calle, en el consultorio del doctor, etcétera, etcétera, un largo y doloroso etcétera.

Foto: politicacritica.com

¿Qué podemos hacer para erradicar este fenómeno? Además de crear mecanismos para prevenirla, y puesto que estos generalmente actúan a mediano y largo plazo, es indispensable sancionar la violencia contra las mujeres. Ésta al igual que, desafortunadamente, muchos de los cánceres de nuestra sociedad tiene sustento en la impunidad que la acompaña. Primero, porque socialmente hay muchas personas que la condonan; segundo, porque ni las instancias públicas ni los mecanismos legales que se encargan de impartir justicia tienen perspectiva de género.

Tanto los ministerios públicos como los mismos Centros de Justicia para las Mujeres entre otros tienen un alto déficit de capacitación sobre perspectiva de género en sus funcionarios, lo cual incurre casi siempre en una revictimización de las mujeres y niñas. Sin embargo, aunado a esto, también hay muchos instrumentos legales que no consideran la perspectiva de género.

El Código Penal Federal, por ejemplo, sólo contempla agravantes por género cuando se habla de delitos dolosos contra periodistas, en los delitos de homicidio de los artículos 316 y 317, y en el feminicidio (sic). Es decir, en el resto del Código Penal no hay consideración de lo que implica la violencia contra las mujeres sobre todo cuando ésta se expresa en conductas feminicidas.

La diferencia entre violencia y violencia contra las mujeres es la misma que la diferencia entre homicidio y feminicidio: el uso del poder en una relación de desigualdad por género. Hacer uso de esa desigualdad tiene que ameritar una sanción mayor, puesto que es mucho más grave violentar a alguien en la medida que no tiene la misma capacidad para defenderse en una estructura que es innegablemente desigual.

Ahora bien, cualquier conducta feminicida o violencia contra las mujeres es deleznable y merece ser sancionada en función de lo que es y no ser juzgada o procesada a la ligera y sin considerar dicho agravante. Sin embargo, y yendo un poco más allá de lo de por sí condenable, ¿qué pasa cuando esa violencia es cometida contra mujeres menores de edad, contra niñas?

En junio nos conmocionó la noticia de Valeria, a quien con sólo 11 años de edad un conductor violó y mató después de que su papá tratara de resguardarla de la lluvia subiéndola a su microbús en lo que él trataba de seguir el viaje en bicicleta. ¿Por qué nos resulta mucho más indignante esta noticia que la del resto de las mujeres que violan y matan? Porque era una niña. Porque si siendo mujer era mucho más vulnerable y susceptible de ser muerta por ese único hecho que un hombre, siendo una niña lo fue mucho más.  

Hoy se presenta en la Cámara de Diputados una iniciativa que propone modificar el artículo 51 y el artículo 325 del Código Penal Federal para que en el caso del artículo 51 los jueces y tribunales, al momento de aplicar las sanciones establecidas para cada delito se consideren agravantes las razones de género y en dicho caso la pena aumente la mitad. Para el caso del artículo 325, en el que se tipifica el feminicidio, se establece como agravante que la víctima sea menor de edad. Es decir, si se comete feminicidio contra una menor de edad, la pena contra quien lo cometiera aumentaría en un 50%.

Foto: Shutterstock

¿Por qué es importante la inserción de estos dos agravantes en el Código Penal Federal? Primero, porque como su nombre lo indica, el Código Penal Federal establece los lineamientos bajo los cuales se sancionan los delitos en todo el país, y no sólo en un estado, lo que permitirá que la probabilidad de que se rindan cuentas ante estos crímenes sea mayor. Además, la regulación e inserción en instrumentos legales de crímenes cometidos contra las mujeres es necesaria porque visibiliza el problema y se crea conciencia sobre éste, mejorando el panorama de la desigualdad de género en nuestro país.

Aun cuando idealmente la violencia contra las mujeres se eliminaría de raíz, previniéndola más que sancionándola, no podemos negar que ésta se expresa diariamente en crímenes violentos cometidos contra mujeres y que, mientras eso no se evite, tendrá que ser sancionado. Actualmente, en México, diariamente mueren 7 mujeres víctimas de feminicidio; miles más son violentadas sólo por el hecho de ser mujeres. Si ello en si mismo no fuera suficientemente grave, que también niñas sean víctimas de lo mismo es completamente intolerable. No es suficiente, pero esta iniciativa es un paso en el camino a evitarlo.  

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Sofía Mosqueda estudió relaciones internacionales en El Colegio de San Luis y ciencia política en El Colegio de México. Es asesora legislativa.

Twitter: @moskeda

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