Lo que necesitas saber:

La prestación del aguinaldo cae antes para algunos, dependiendo del lugar de donde trabajen; unos los pueden pagar desde el 10 de noviembre.

El 2026 ya está en sus etapas finales, ya nada más nos falta jugar GTA VI, cantar “Este cerro elijo”, ver Avengers Doomsday, las posadas, Navidad, Año Nuevo y se acabó. Pero dejando a un lado todos estos eventos, viene lo que todo trabajador desea: EL AGUINALDO.

El motivo por el que todo trabajador dura en la chamba ya casi cae y con ello, las dudas que todo buen empleado se ha hecho alguna vez en su vida: ¿A partir de cuándo me tiene que caer la lanita?

Aunque pareciera que el aguinaldo cae parejo para todos, la realidad es otra, porque depende mucho de la empresa en la que trabajes; pero vamos con calma, aquí te decimos cuándo te debe de caer esa lanita de acuerdo al giro de tu chamba.

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Foto: Pinterest.

¿Cuándo me debe caer el aguinaldo?

Como ya lo mencionamos, el aguinaldo no cae parejo para todos. En este mes de noviembre, los pensionados del IMSS que cumplan los requisitos de su régimen y una primera parte también los pensionados y jubilados del ISSSTE.

De acuerdo con un decreto publicado el 23 de octubre, permite que el aguinaldo pueda ser depositado desde el 10 de noviembre, aunque no establece que todos los beneficiados deban cobrar ese día.

Y para quienes trabajan bajo las reglas de la Ley Federal del Trabajo, principalmente en el sector privado, el aguinaldo cae mucho después. De acuerdo con el artículo 87, establece que debe pagarse antes del 20 de diciembre y equivaler como mínimo a 15 días de salario por un año de servicio.

¿Qué trabajadores del gobierno pueden cobrar desde el 10 de noviembre?

De acuerdo con el decreto publicado por el Diario Oficial de la Federación, establece que el aguinaldo para dependencias y entidades de la Administración Pública Federal podrá pagarse a partir del 10 de noviembre. Ojo, porque es una fecha a la cual se permite el pago, no quiere decir que ese día deba caer.

Estos son los grupos que pueden cobrar desde ese día:

  • Trabajadores de las dependencias y entidades cuya relación laboral se rige por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.
  • Personal operativo de confianza, enlace y de mando.
  • Militares en estado activo.
  • Personal del Servicio Exterior Mexicano en el país y en las representaciones del extranjero.
  • Pensionistas y beneficiarios de haberes de retiro previstos en el propio decreto.
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Foto: Crisanta Espinosa-Cuartoscuro.

¿Y quiénes tienen que recibirlo antes del 20 de diciembre?

Toda persona cuyo trabajo esté regido por la Ley Federal del Trabajo tiene derecho a recibir el aguinaldo. La prestación no se limita al personal de planta, también va para trabajadores de confianza, eventuales o contratados por obra o tiempo determinado, entre otros, siempre que exista esa relación laboral.

De acuerdo con el artículo 87, establece que el pago debe realizarse antes del 20 de diciembre, pero igual esto no quiere decir que, si tu empresa se pone la del Puebla, pueda entregarse en noviembre o durante las primeras semanas de diciembre.

Y si en tus planes está renunciar, pero crees que debes aguantar hasta finales de año para recibir esta prestación, estás equivocado, porque si la relación laboral acaba antes, te corresponde recibir la parte proporcional al tiempo trabajado.

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Cinéfilo, fan de la lucha libre y creyente de que la verdad siempre va primero. Me gusta contar las cosas con humor, sin perder de vista lo importante.

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