Con 431 votos a favor, 36 en contra y una abstención se aprobó en lo general el dictamen de la Ley Federal de Consulta Popular en el Pleno de la Cámara de Diputados.

El dictamen aprobado, adicionó un párrafo al artículo 35 en que se faculta al nuevo Instituto Nacional de Elecciones promover la difusión y la discusión informada de las consultas populares, y para que garantice el acceso a la radio y la televisión a quienes presenten la petición,en tiempo y forma.

Pueden solicitar la realización de una consulta popular el Presidente de la República, así como el equivalente al 33 por ciento de los integrantes de cualquiera de las cámaras del Congreso de la Unión y los ciudadanos.

La legislación establece que se podrá realizar consultas ciudadanas si cuentan con el apoyo de al menos 2% de la lista nominal de electores (aproximadamente más de 1 millón 600 mil personas). La consulta popular es un mecanismo de participación para que los ciudadanos ejerzan su derecho, mediante el voto emitido, a expresar su opinión respecto de uno o varios temas de trascendencia nacional; aunque la ley prohíbe que gastos del Estado sean sometidos a éste método.

Tanto el Congreso como el Instituto Electoral tendrán una función medular para garantizar a los ciudadanos el pleno ejercicio de este derecho, sin olvidar los medios de impugnación que pueden ser promovidos contra las resoluciones dictadas por este último.

Vía: Milenio

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