Lo que necesitas saber:

Distintos países han reaccionado ante las deepfakes generadas en Grok y en el caso de México, si bien existe la Ley Olimpia contra la violencia digital, todavía falta por hacer.

A inicios de 2026, las denuncias contra la creación de deepfakes que sexualizaban a mujeres y adolescentes con Grok explotaron en redes sociales, lo que llevó a distintos países a revisar sus leyes para frenar la manipulación de imágenes generadas por esta IA de X y que representa uno de los tipos de violencia digital artificial.

En el caso de México, tenemos la Ley Olimpia como un mecanismo legal y penal para sancionar la violencia digital mediante la difusión de contenido íntimo sin consentimiento en medios digitales.

Qué dicen las leyes mexas ante las deepfakes en Grok
Foto: @ONUMujeres

Sin embargo, el camino aún es largo. Y a nivel nacional, México precisa de una serie de reformas —o cambios— para tipificar y sancionar la violencia digital generada a través de la IA (Inteligencia Artificial).

Qué dicen las leyes mexas ante las deepfakes en Grok

Para darnos una idea del panorama de la legislación sobre las deepfakes (imágenes, fotos y videos falsos), en Sopitas.com platicamos vía Zoom con Odette Mendoza Becerril, licenciada en Derecho y profesora investigadora en la UAM, quien nos explicó los vacíos legales.

Y nos habló de algunas iniciativas que se han puesto en la mesa del Congreso de la Unión o del Congreso de CDMX, así como la pregunta del millón:

¿Por qué si existen iniciativas para sancionar las deepfakes con IA… todavía no son aprobadas, en un contexto que apremia una especialización legislativa, mientras la inteligencia artificial avanza?

Qué dicen las leyes mexas ante las deepfakes en Grok
Foto: Markus Spiske-Pexels.

(Y no es que la Inteligencia Artificial sea mala per se. La pregunta recae en el uso que le damos).

Ley Olimpia

Antes de arrancarnos con la explicación de Odette Mendoza, quien ha realizado investigaciones detalladas sobre la (nula) legislación de la IA en distintos campos en México, recordemos un poco a la Ley Olimpia.

Esta ley es un conjunto de cambios o reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal Federal.

Es decir, todo a nivel nacional. En México, entró en vigor en 2021, aunque otros estados —como Puebla— la aprobaron mucho antes en sus códigos locales.

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Código Penal del DF. Foto: data.consejeria.cdmx.gob.mx

La Ley Olimpia reconoce y sanciona la violencia digital a la intimidad. Tipifica como delito la difusión, distribución o el mero hecho de compartir o publicar imágenes, videos o audios de contenido íntimo sin consentimiento.

Lleva el nombre de la activista Olimpia Coral, quien vivió un caso de violencia digital mediante la difusión de un video íntimo y sin consentimiento (donde ella aparecía) en Puebla.

En varias entrevistas a medios, la defensora de los derechos humanos de la mujer contó que las consecuencias de la difusión del video —además de los ataques de su comunidad— se tradujeron en daños psicológicos y el cambio radical en su vida cotidiana.

“Hay un vacío jurídico”, nos comentó Odette Mendoza Becerril, al explicar que México cuenta con una legislación muy general sobre violencia digital.

A través de la Ley Olimpia, la encontramos en el Código Penal Federal —al igual que en códigos penales locales como el de CDMX— y en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

deepfakes IA
Imagen: Pixabay

Se trata del tipo de violencia digital y mediática. Sin embargo, “no tenemos un apartado específico de inteligencia artificial”, indicó la investigadora de la UAM (Universidad Autónoma Metropolitana).

Y eso genera una especie de vacío jurídico, pues si bien una denuncia procede bajo el amparo de la Ley Olimpia, lo cierto es que las leyes mexicanas podrían ser más puntuales en materia de la aplicación y uso de tecnología, previniendo y atendiendo casos de violencia digital generada por la IA como las deepfakes.

Un delito que se persigue mediante una denuncia

En el caso de CDMX, en su Código Penal, encontramos que el delito contra la intimidad sexual se persigue por querella. O sea, por una denuncia por parte de la víctima y no por oficio.

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Foto: UMA media-Pexels.

Y esto nos lleva a pensar cómo es que aplica la ley en un espacio abierto como el digital, en plataformas como X u otras redes sociales, con la proliferación de deepfakes sexuales. ¿Hay cargos hacia las plataformas?

La tarea de las empresas

La R3D (Red por los Derechos Digitales) ha explicado los casos en que los contenidos en internet pueden ser bloqueados.

Se trata de casos excepcionales como el abuso sexual infantil, la incitación al terrorismo y la incitación directa y pública a cometer genocidio.

Fuera de esas excepciones, internet y las redes sociales se regulan mediante las reglas de las mismas plataformas, respetando los principios de la libertad de expresión y los derechos humanos.

Odette Mendoza explicó que esta responsabilidad radica en las mismas plataformas:

“Por ejemplo, comentarios discriminatorios, eso lo tendría que hacer la propia empresa como X.

Comentarios incitadores de odio o discriminación racial, esos habría que denunciarlos propiamente en la empresa”.

Qué dicen las leyes mexas ante las deepfakes en Grok
Foto: grok.com.

No se trata de una regulación para censurar contenidos ni de la violación a la neutralidad de la red, pero sí una serie de reglas para no infringir los derechos humanos o pasar por desapercibido los delitos arriba mencionados.

Iniciativas en México y CDMX

En México “se han creado iniciativas de ley que… se han quedado en iniciativas”, explicó Odette Mendoza Becerril.

¿Ejemplos? La licenciada en Derecho enumeró desde la iniciativa de Ley para el uso de lA y el tratamiento de datos personales por sujetos obligados en CDMX.

Considerada por la académica como la “más pragmática” en América Latina y que profundiza sobre la cuestión de la protección de los datos personales ante la IA, pero con esto de la desaparición del INAI, el rumbo de esta propuesta pasó a ser incierto.

También está la iniciativa por la que se reforman “diversas disposiciones del Código Penal para el DF y la Ley de Acceso a las mujeres a una vida libre de violencia” en CDMX en materia —ojo— de deepfakes.

“Y ahí le ponen un nombre: violencia digital artificial”. Odette Mendoza Becerril continuó con la mención de una iniciativa para cambiar los artículos 69 TER y 181 Quintus del Código Penal para el DF en materia de combate a la violencia digital por IA contra las mujeres.

Pero, ¿qué pasa?

“Se queda en iniciativa, no avanza. Y ahí es la pregunta: ¿Por qué no avanzan si ya tenemos estas iniciativas tan interesantes? Esa es mi pregunta para los legisladores”.

Iniciativas de acuerdo al contexto social

“La idea es que las iniciativas de ley sean acorde al contexto social, político y jurídico”, señaló la investigadora de la UAM, ya que, explicó, de nada sirve copiar leyes de la Unión Europea u otra región con contextos distintos al de nuestro país.

Los casos

Mendoza Becerril recordó el caso de un grupo de estudiantes del Instituto Politécnico Nacional (IPN) que denunciaron a Diego N, un exestudiante de la ESCA (Escuela Superior de Comercio y Administración).

¿La razón? Muchos la recuerdan: usar IA para generar deepfakes sexuales —sin consentimiento— y distribuir y comercializarlas en redes sociales.

Diego N fue juzgado bajo la Ley Olimpia por violencia a la intimidad sexual. Sin embargo, un juez lo absolvió en dos de los casos, al considerar que supuestamente las pruebas no eran suficientes.

La Ley Olimpia va contra las personas que difundieron el video de la mujer policía
Fotografía LeyOlimpia.com

Un año después, en 2025, Diego N fue sentenciado a 5 años de prisión por otro caso relacionado con el uso de las imágenes, pero bajo otro cargo como trata de personas en modalidad de explotación sexual.

Este caso nos muestra la importancia de juzgar con perspectiva de género y de concretar los tipos de violencia digital en los códigos penales como la generada por IA.

IA y estereotipos

A eso hay que sumar el hecho de que la inteligencia artificial generativa —Chat GPT o Grok o cualquiera desarrollada por distintas plataformas o empresas— es alimentada por sesgos y estereotipos contenidos en información generada por años. De manera histórica.

Además de la perspectiva de los desarrolladores, quienes “al parecer” han olvidado introducir perfiles incluyentes, tal como lo menciona Alejandra del Castillo en la publicación ‘La inteligencia artificial no es feminista’ para Gaceta UNAM.

Mendoza agregó que los desarrolladores podrían generar cuestiones de derechos humanos, género, privacidad, discriminación, “pero eso depende de quién la desarrolle”.

“Es momento de realizar una ley”

“O una reforma como la Ley Olimpia a los códigos penales o, por lo menos al del DF, para que se pueda sancionar y coercionar la violencia digital artificial”, concluyó Odette Mendoza después de esta larga reflexión.


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Hola, soy Lucy Sanabria. Desde 2018 redacto y reporteo para Sopitas.com, con especial entusiasmo en temas de derechos humanos y LGBT+. En 2021 fui parte de la generación de la beca de Periodismo Incluyente...

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