Lo que necesitas saber:
Se ha tratado de una iniciativa (dos en una) para garantizar el derecho al agua que ha causado polémica entre sus defensores y opositores.
En la tele, los noticiarios de la radio y en las redes sociales. Por todos lados se ha hablado de una nueva Ley de Aguas que la presidenta Claudia Sheinbaum envió al Legislativo y ya fue aprobada.
Y por acá queremos platicarles de esta iniciativa que está acompañada de otra: la reforma (los cambios) a la Ley de Aguas Nacionales y por qué hay tanto ruido.
Sobre todo porque en 2026 seguiremos escuchando de la Ley General de Aguas y la Ley de Aguas Nacionales.
Nueva Ley General de Aguas y reforma a la Ley de Aguas Nacionales
Ok, estamos hablando de una ley (o dos si lo quieren ver así porque toca dos asuntos importantes) trabajada por el equipo de la presidenta Claudia Sheinbaum, quien envió las propuestas al Congreso mexa (Cámara de Diputados y Senado) en octubre de 2025.
Sin embargo, desde su presentación, la iniciativa tuvo comentarios a favor y en contra que llegaron hasta las protestas como los bloqueos de campesinos, cosa que llevó a la Cámara de Diputados a chambear para hacer 50 cambios y aquí los resultados que también resultan polémicos para distintas posturas.
El objetivo de la ley (dos en una) es garantizar el acceso al agua como un derecho, tal como lo señala el artículo 4 de la Constitución Mexicana.
A su vez, explicó la misma Sheinbaum, es una respuesta a la Ley de Aguas de 1992 que, en su perspectiva, convirtió las concesiones de agua en una mercancía y propició el acaparamiento de este recurso, además de que los concesionarios evadían el pago de impuestos.
Peeeeeero, echémosle un ojo a los puntos polémicos de esta nueva ley y la reforma.
5 puntos para entender las iniciativas de Sheinbaum sobre agua
Exclusión de las comunidades indígenas
La organización Fundar, Centro de Análisis e Investigación, señaló que ni la iniciativa original de Sheinbaum para cambiar la Ley de Aguas Nacionales ni la que modificó la Cámara de Diputados contempla a las comunidades originarias.
De hecho, las coloca en un papel secundario, sin reconocerles el derecho a la libre determinación en su figura como custodios ancestrales de las distintas fuentes de agua.
Eso no es todo, la iniciativa mantiene viva la posibilidad de que las aguas ubicadas en territorios indígenas sean concesionadas, sin el consentimiento de las comunidades.
Centralización en Conagua
La iniciativa de la Ley de Aguas Nacionales (ya con cambios) pone en manos de la Conagua (Comisión Nacional del Agua) el control de la asignación de las concesiones y del consumo de agua. ¿Qué tiene de malo?
Analistas como Óscar Ocampo, director de Desarrollo Económico del IMCO, entrevistado por Luz Rangel de El Sabueso de Animal Político explican que esta decisión fomentaría el riesgo de discrecionalidad.
O sea, que no existirá ninguna institución u órgano que revise las concesiones que apruebe Conagua ni analice sus criterios.
Antes, 13 organismos locales de cuenca —distribuidos en las zonas hidrológico-administrativas mexas— se encargaban de esto. ¿La ventaja?
Como son locales, tienen más conocimiento de lo que sucedía y qué se necesitaba en cada determinada zona.
Sigue el modelo del 92
Seguimos con la cuestión de los organismos de cuenca porque para la Contraloría Nacional del Agua mantener su figura dentro de la iniciativa es preservar el modelo de la Ley General de Aguas del 92 —durante el sexenio de Carlos Salinas de Gortari.
La Contraloría Nacional del Agua consideró en el documento ‘Cambios para que nada cambie’ que estos organismos representan los intereses de los grandes concesionarios como único enlace entre gobierno y ciudadanos.
Siguen los distritos de riego
Los distritos de riego se encargan de la distribución del agua en actividades agropecuarias.
Sin embargo, la politóloga Viri Ríos señaló en su texto publicado en Milenio ‘Ley General de Aguas debe Avanzar’ que si no se consideran cambios en los distritos de riego, podría fomentarse una especie de monopolio mediante la explotación del agua por estos distritos, definidos en su análisis como “organismos privados que administran el agua y deciden cómo se reparte o las cuotas” que se deben pagar para su acceso.
Al final, con los cambios hechos por la Cámara de Diputados, esta figura continua.
Desventaja en las prórrogas de las concesiones
El artículo 22 de la Ley de Aguas Nacionales indica que hay chance de pedir prórrogas en las concesiones y que estas aplicarán de acuerdo al contrato original firmado.
Si los concesionarios no cumplen con los requisitos, entonces esa misma temporalidad no podrá ser aplicada.
Para hacerlo tendrían de 2 años a 6 meses antes del vencimiento del contrato de la concesión.
El gran problema es que para los ejidatarios que no cuentan con una asesoría técnica o los recursos esto de la temporalidad podría ser un obstáculo y, en cambio, las grandes empresas estarían listas para tomar las concesiones.
El pilón
Antes de los cambios, los agricultores y campesinos protestaron para que la Ley de Aguas Nacionales contemplara la herencia como una causa legal para ser dueño de un título de agua o de concesión.
Y en esta nueva versión, el fallecimiento del dueño o la dueña no implica que se pierda el derecho de la concesión ante la Conagua.
Entonces, ¿son buenas o malas estas iniciativas?
No todo es blanco o negro. La propuesta de Sheinbaum ha seguido un curso cuestionado tanto por sus defensores como opositores.
Aunque las opiniones citadas en este texto consideran que chance no resuelve las broncas de fondo como las omisiones de las grandes empresas para pagar impuestos por las concesiones o garantizar el derecho al agua porque… tampoco se habla de un presupuesto fortalecido para Conagua cada año.
Acá les dejamos el enlace para que chequen la iniciativa (la creación de la nueva Ley General del Agua y los cambios a la Ley de Aguas Nacionales, la primera para garantizar el derecho al agua y la segunda para ordenar su gestión) con lupa, por si les interesa (sólo denle clic al Anexo VI).
