Lo que necesitas saber:

La Suprema Corte consideró que la restricción de edad en el trámite vulnera los derechos a la igualdad y no discriminación, al libre desarrollo de la personalidad y a la identidad.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) vuelve a estar en tendencias, esta vez porque declararon inconstitucionales dos artículos de una ley del estado de Guerrero que impiden a niños, niñas y adolescentes modificar su género en actas de nacimiento.

Imagen ilustrativa de adolescentes // Foto: Pexels

Corte da razón a CNDH para que niños y adolescentes modifiquen su género en actas de nacimiento en Guerrero

La SCJN declaró como inválidos dos artículos de la Ley de Reconocimiento y Derechos de las Personas de la Comunidad LGBTTTIQ+ de Guerrero que condicionaban el cambio de género en el acta de nacimiento hasta la mayoría de edad.

Y… ¿Cómo llegó el tema al Pleno? Resulta que la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) presentó una acción de inconstitucionalidad para revocar estas leyes. Algo que la Suprema Corte al final les dio la razón.

Consideraron que esa restricción vulnera los derechos a la igualdad y no discriminación, al libre desarrollo de la personalidad y a la identidad. Derechos que están reconocidos en los artículos 1° y 4° de nuestra constitución.

“Se enfatizó que la identidad de género es parte esencial de la identidad personal y que el Estado debe garantizar procedimientos ágiles, sencillos y accesibles para adecuar el acta de nacimiento a la identidad autopercibida, también en el caso de infancias y adolescencias, respetando su autonomía progresiva y su interés superior”, compartieron en redes.

Congreso de Guerrero deberá establecer procedimiento para el cambio

Además, como se declararon inconstitucionales, el Congreso de Guerrero tendrá un plazo de 12 meses para establecer un procedimiento que permita el cambio de género de las personas menores de edad.

Y al igual que con la UNAM y los cobros de cursos de titulación, esta decisión de la Suprema Corte abre la posibilidad de que cualquier persona sin importar su edad pueda hacer el trámite administrativo y modificar su género en su acta de nacimiento.

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