Ahora, a esperar qué deciden en el Senado. Por lo que toca a los diputados, no hay ninguna bronca en que se altere el tradicional orden de los apellidos: paterno-materno.

Ayer, los miembros de la Cámara de Diputados aprobaron las modificaciones a los artículos 58 del Código Civil Federal y al 19 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Con ello, ahora los padres podrán elegir libremente cuál apellido va primero en el nombre de un menor.

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La iniciativa de reforma fue aprobada con 386 votos a favor, 14 en contra y cuatro abstenciones. Ahora pasa al Senado.

Anteriormente. el artículo 58 del Código Civil Federal indicaba que el acta de nacimiento se levantará con asistencia de dos testigos. Contendrá el día, la hora y el lugar del nacimiento, el sexo del presentado, el nombre y apellidos que le correspondan”.

Como se puede notar, específicamente no hay en la ley citada nada que respalde la costumbre de poner como primer apellido el paterno… sin embargo, es una práctica común que necesita de la reforma para que uno que otro juez no se ponga necio.

“La anteposición del apellido al de una mujer es inconstitucional, toda vez que reitera el prejuicio y discrimina y disminuye el rol de la mujer en el ámbito familiar, motivo por el cual la Corte estableció que el orden de los apellidos debe pactarse en común acuerdo entre los progenitores, explicó la diputada del PAN, Mariana Dunyaska García.

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Con la modificación propuesta y aprobada por los diputados, se especifica que los apellidos se pueden registrar en el orden de prelación (prioridad, pues) que convenga para los progenitores. Además, se precisa que el juez u oficial del Registro Civil deberá especificar expresamente el nombre propio y el orden convenido de los apellidos.

Para que los padres la vayan pensando bien, la modificación remarca el hecho de que el orden de los apellidos será considerado para los demás hijos del mismo vínculo de padres. Además, se indica que si los progenitores nomás no se ponen de acuerdo con la secuencia de apellidos, entonces el juez podrá meter mano y decidirlo… claro, siempre “atendiendo el interés superior del menor”.

De acuerdo con Reforma, la iniciativa de modificación se aprobó ya que con ella se busca abonar en la eliminación de la discriminación hacia la mujer. “El orden de prelación en la legislación civil contraviene este derecho a la igualdad de género”, criticó la diputada García.

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