La comisión de Justicia del Senado de la República aprobó una modificación al código penal federal: ha dado al presidente la facultad de indultar (perdonar una condena) a acusados cuya inocencia sea demostrada fuera del marco del juicio y/o cuyos derechos hayan sido seriamente violentados durante el proceso. Esto, entre otras cosas, supone una nueva oportunidad para la liberación del profesor tzotzil Alberto Patishtán.

Los legisladores dieron visto bueno a la propuesta de los legisladores Roberto Gil Zuarth, Arely Gómez, Armando Ríos Piter, Manuel Camacho, Angélica de la Peña y Javier Corral para modificar el código penal y lograr que, a petición de alguno de los otros dos poderes (y nunca por iniciativa propia) pueda el presidente otorgar un indulto a aquél cuyo proceso de enjuiciamiento haya presentado tales irregularidades que su libre defensa no hubiese estado garantizada. Javier Corral hizo explícito que esta modificación fue promovida teniendo en mente específicamente el caso de Patishtán.

La facultad del poder Ejecutivo para otorgar indultos ya estaba contemplada en el artículo 97 del Código Penal Federal para liberar a presos que hubiesen demostrado readaptación social, que no representasen un peligro social y que no hubiesen sido encerrados por los delitos de traición a la Patria, espionaje, terrorismo, sabotaje, genocidio, delitos contra la salud, violación, delito intencional contra la vida y secuestro, ni de reincidente por delito intencional. Sin embargo, aquél indulto político, escasamente utilizado, no contemplaba los casos en los que los acusados hubiesen sido encerrados por delitos graves sin la plena libertad de defenderse durante el proceso.

“Se trata de encontrar solución a una problemática que no puede ni debe ser evadida: el sistema de justicia tiene un hueco enorme por el que inocentes son privados injustamente de su libertad. Y porque nada lastima tanto la credibilidad de las instituciones, como los casos en los que se demuestra que inocentes están en la cárcel.”

Entre los años 2000 y 2002, el profesor indígena Alberto Patishtán fue procesado y condenado a 60 años de prisión por el supuesto homicidio de 7 policías municipales en El Bosque, Chiapas. Sus abogados presentaron irrebatibles pruebas de que el acusado se encontraba en reunión con otros profesores en el momento de los homicidios. Sin embargo, en septiembre de este año, el Primer Tribunal Colegiado de Distrito descartó la posibilidad de reconsiderar las pruebas por haberse presentado fuera de tiempo. Implicaba “invalidar las pruebas que sostienen la sentencia condenatoria y revalorar dichas pruebas de condena, lo que no es permitido en el incidente de reconocimiento de inocencia ni por la jurisprudencia de la corte.” La nueva ley permitirá que las pruebas recolectadas tengan el efecto urgente que merecen.

Los legisladores impulsaron esta modificación, concretada en nuevo artículo 97 bis, de tal forma que no sólo sirva para hacer justicia a Patishtán, sino a todos los individuos en condiciones vulnerables cuyos enjuiciamientos no hayan garantizado las condiciones necesarias para su defensa por motivos de idioma, cultura, accesibilidad, etc.

Sin embargo, será necesario considerar los problemas que esta ley podría traer consigo. Esperemos que esta posibilidad de indulto no sirva también para otorgar el perdón por causas políticas a condenados culpables cuyo proceso haya sido lo suficientemente irregular como para que un buen abogado alegue violaciones a derechos humanos y a la libertad de defensa… hey, eso ya pasa, ¿verdad Florence Cassez?

Vía: La Jornada, Reforma

 

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