En el marco de la reforma hacendaria, el año pasado se legisló la aplicación de un impuesto especial a refrescos y bebidas azucaradas. Este y otros gravámenes similares causaron una gran controversia entre la sociedad por dos motivos fundamentales: 1) pagar más impuestos no es precisamente la mejor idea para nadie y 2) al menos en principio, bajo un esquema liberal, el estado no debería castigarnos por afectar nuestra salud (aunque afectar nuestra salud sea tan estúpido como se quiera).

Por supuesto, los argumentos a favor del gravamen eran también bastante fuertes. En primer lugar, parece que el Estado está justificado en castigar el consumo de refrescos dado que él es el administrador y proveedor del seguro social (que se paga con los impuestos de todos) y, en segundo lugar, aplicar un impuesto a productos prescindibles parece una buena idea para elevar la percepción tributaria de la administración (aunque cobrar los impuestos condonados a las grandes empresas parecería mejor opción).

Para encontrar un justo medio entre cobrar a todos el mal de unos y dejar a esos unos desatendidos, los legisladores acordaron, tras una observación de la senadora Marcela Torres Peimbert, establecer un artículo transitorio en la Ley de Ingresos de la Federación parea el Ejercicio Fiscal 2014 que contemplara que todo lo recaudado por ese impuesto especial fuera destinado a programas de prevención y atención de males relacionados con los efectos de los refrescos. El artículo rezaba así:

Sexto.- El Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014 deberá prever una asignación equivalente a la recaudación estimada que corresponda a la Federación, una vez descontadas las participaciones que correspondan a las entidades federativas, por concepto del impuesto especial sobre producción y servicios aplicable a las bebidas saborizadas, en términos del artículo 1o. de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2014, para destinarse a programas de combate a la desnutrición, a la atención y prevención de la obesidad y enfermedades crónico degenerativas relacionadas, así como al acceso al agua potable en zonas rurales, en escuelas y espacios públicos.

Sin embargo, los legisladores parecieron olvidar aquel importante transitorio, pues en la redacción final de la ley publicada en el Diario Oficial de la Federación, no figura por ningún lado. Es por esto que un conjunto de instituciones y organizaciones presentaron un amparo por la omisión del Congreso en la asignación de estos recursos para combatir la obesidad así como para garantizar el acceso al agua potable en espacios públicos y escuelas.

Entre las organizaciones se encuentran la Fundación Mídete, El Poder del Consumidor, la Asociación Mexicana de Diabetes, el Centro de Orientación Alimentaria, la Federación Mexicana de Enfermos y Transplantados Renales (Femetre) y la Asociación Renal Venados, quienes integran a su vez dos de las más importantes coaliciones sociales para el combate a la obesidad y las Enfermedades no Transmisibles, tales como la ALIANZA POR LA SALUD ALIMENTARIA y ContraPESO.

El objetivo principal del amparo es asegurar que el impuesto no funcione como una simple medida recaudatoria, sino que se utilice específicamente para los fines con que fue creado.

En efecto, el 19 de febrero de este año, el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa del Primer Circuito del Distrito Federal publicó en la página del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial de la Federación la admisión de este amparo, lo que abre de nuevo la discusión del uso de estos recursos.

Por nuestra parte esperamos que, una vez emprendida la aplicación de este controvertido gravamen, las autoridades se apeguen a sus propios argumentos y destinen lo que recauden al combate de estos problemas de salud.

Vía: elpoderdelconsumidor.org

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