Durante el inicio del tercer periodo extraordinario de sesiones del tercer año legislativo del Congreso de la Ciudad de México, la diputada morenista Paula Solo presentó una iniciativa para que los servicios de salud públicos cuenten con una atención materno-infantil humanizada en la Ciudad de México.

La iniciativa propone cambiar el nombre y hacer reformas a la Ley de Salud para el Distrito Federal.

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Foto: Shutterstock

¿De qué va este proyecto?

A pesar de los avances en la cobertura y la calidad de los servicios médicos, aún hay enormes brechas en el acceso a una atención calificada y humanizada en salud materna.

En 2017 la mayoría de los embarazos y partos fueron tratados en hospitales, clínicas de salud y consultorios privados (el 88.9%). El 88.2% de los partos fueron atendidos por médicos y solo el 0.6% por parteras en un domicilio particular. Como los hospitales atienden la mayoría de embarazos y partos, hay una saturación en el servicio y se registra falta de personal y una baja en la calidad de atención durante el parto.

Esta demanda excesiva es uno de los factores que han provocado la violencia obstétrica en contra de las mujeres que incluye maltrato físico y verbal, esterilizaciones forzadas, burlas, humillaciones insultos, discriminación y hasta negoción o rechazo para el acceso a los servicios, abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales.

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Foto: Getty Images.

Una de las principales limitantes para un servicio más humaniza es la limitante que las parteras han encontrado para el desarrollo de su profesión en la Ciudad de México, ya que no están contempladas ni en la Ley de Salud local ni como personal no profesional autorizado.

La iniciativa propone modificar los artículos 3, 6, 17, 24, 36, 49, así como una adición de la fracción IV al artículo 3, V al artículo 26 y fracción XII al artículo 49 de la Ley de Salud del Distrito Federal.

  • Para empezar que se cambie el nombre de “Ley de Salud del Distrito Federal” a “Ley de Salud de la Ciudad de México”.
  • Posteriormente, agregar que la perspectiva de género y la perspectiva intercultural son principios que rigen el derecho a la protección a la salud.
  • Se reconoce a personal de salud a las personas profesionales, especialistas, técnicas, auxiliares, parteras tradicionales o técnicas y demás personas trabajadoras que laboran en la prestación de servicios de salud.

  • Define a las parteras tradicionales como pertenecientes a pueblos o barrios originarios, o a comunidades indígenas residentes, o bien que cursan una carrera técnica de partería con validez oficial. Ellas deben contar con autorización vigente expedida por la Secretaría para poder ejercer.

  • Reconoce que la prestación de los servicios integrales de atención materna e infantil puede ser brindada por personas parteras, durante el embarazo, parto, puerperio y para la persona recién nacida.

    Propone desarrollar e implementar un probar,a de medicina integrativa que incluya la partería.

  • Aclara que las mujeres embarazadas, a su libre elección, pueden recibir atención de las personas parteras autorizadas y las instituciones de salud deben brindar todo el apoyo.

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Yo soy Gabriela Espinosa, pero díganme Gaby, si no siento que me regañan. Trabajo como reportera y redactora en Sopitas.com desde 2018 y desde entonces me enfoqué, en su mayoría, en hard news. En diciembre...

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