Aunque, por sentido común, el hecho de compartir el pack sin consentimiento, difundir las imágenes o aplicar el acoso digital son acciones que vulneran los derechos de la persona implicada; en nuestro país no existe una legislación que castigue, prevenga y combata la violencia digital. Sin embargo, hay avances como su tipificación en los códigos penales de 14 estados. Y la noche de ayer, en la Cámara de Diputados se dio un gran paso: la Ley Olimpia avanzó a nivel Federal.

Con 400 votos a favor, los diputados aprobaron modificaciones a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. ¿Eso qué significa? Que la violencia digital será considerada como un delito y agresión. Estos cambios tomaron impulso gracias a la llamada Ley Olimpia.

Los cambios en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

Como mencionamos, estos cambios son importantes ya que a nivel federal —es decir, en tooooodo el paísno se penalizaba la violencia digital.  Pero gracias a la activista Olimpia Coral estas modificaciones han cobrado impulso y, por lo pronto, la Cámara de Diputados añadió el concepto de violencia digital en el Artículo 6 Fracción VI del Código Penal Federal:

Violencia digital. Es cualquier acto que se presenta a través de las tecnologías de la información y comunicación, plataformas de internet, redes sociales o correo electrónico o cualquier otro espacio digitalizado que atente contra la integridad, la dignidad, la intimidad, la libertad, la vida privada de las mujeres o cause daño o sufrimiento psicológico, físico, económico o sexual tanto en el ámbito privado como en el público, así como daño moral a ellas y/o su familia”.

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Foto: Cuartoscuro.

Se supone que queda señalado el acoso, hostigamiento, amenazas, insultos, violación de datos e información privada, divulgación de información apócrifa, mensajes de odio, difusión sin consentimiento de contenido íntimo, textos, fotografías, videos y/o datos personales u otras impresiones gráficas o sonoras, verdaderas o alterada como un delito.

Ley Olimpia

En 2013, Olimpia Coral fue víctima de la difusión de un video sexualsin su consentimiento— en donde ella aparecía. El video fue compartido y hasta exhibido en páginas de Facebook y medios locales de Huachinango, Puebla.

Olimpia Coral se enfrentó a los señalamientos por parte de la población, a la presión social y el acoso que terminaron afectando su vida cotidiana y causaron daños psicológicos. La activista tomó conciencia y fuerza para impulsar una ley integral —Ley Omplipia— en Puebla.

Se trataba de tres reformas que pedían el reconocimiento de los delitos contra la intimidad —la difusión del contenido íntimo sin consentimiento, el ciberacoso —violencia sexual por internet— y una ley de acceso.

Esta última señalaba que las instituciones debían tomar conciencia sobre la definición de los derechos sexuales, la violencia y que lo hicieran saber a la población. Por ejemplo, el sexting: un derecho sexual que al ser compartido sin el consentimiento de las personas implicadas, se convierte en un delito.

La iniciativa cobró fuerza con el acompañamiento de Olimpia Coral y activistas hasta que en Puebla fue una realidad —que alcanzó a otros 13 estado del país.

Ahora, el siguiente paso es que en la Cámara de Senadores se aprueben los cambios al Código Penal Federal y la Ley Olimpia sea un hecho en tooooodo el país —aunque con los parámetros de cada estado—, asegurando la vida libre de violencia digital tanto de mujeres como hombres.

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Hola, soy Lucy Sanabria. Desde 2018 redacto y reporteo para Sopitas.com, con especial entusiasmo en temas de derechos humanos y LGBT+. En 2021 fui parte de la generación de la beca de Periodismo Incluyente...

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