El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) anunció que los trabajadores inscritos a esta dependencia podrán tramitar el Permiso COVID 4.0. Sí, éste es para quienes quieren conseguir incapacidad por contagio de esta enfermedad.

¿Qué es el Permiso COVID 4.0 del IMSS?

Este miércoles 6 de julio, el IMSS dio a conocer que regresó, pero mejorado, el Permiso COVID, aunque ahora en una versión 4.0. Así es, este nuevo trámite es para aquellos trabajadores inscritos al instituto y que quieran obtener su incapacidad por contagio de coronavirus.

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FOTO ILUSTRATIVA: MOISÉS PABLO/CUARTOSCURO.COM

Tiene el propósito de ayudarlos a trabajar rápidamente su incapacidad sin necesidad de ir al médico, sin necesidad de hacerse una prueba y recibir directamente vía electrónica la notificación del subsidio por enfermedad general que les corresponde”, explicó el director de Prestaciones Económicas y Sociales del IMSS, el doctor Mauricio Hernández Ávila.

¿Dónde se podrá hacer el trámite? Por medio de un código QR que estará disponible en www.imss.gob.mx, en la aplicación IMSS Digital, así como en todas las unidades médicas, los trabajadores podrán meter todos sus datos y recibir por correo la confirmación de su permiso, el cual tienen que enviar después a su empresa para que funcione como incapacidad temporal

¿Cómo se puede tramitar?

Según el Instituto Mexicano del Seguro Social, para poder tramitar esta incapacidad, el trabajador tiene que capturar el captcha que se muestra en pantalla y luego meter sus datos personales como CURP, Número de Seguridad Social, INE y prueba de COVID positiva, en caso de tenerla; todo en formato PDF o JPG
  
Después de hacer todo esto, el programa le pedirá al trabajador datos bancarios (no se espanten, no es estafa) como cuenta CLABE y se hace la confirmación de si quiere realizar el permiso COVID

Foto ilustrativa: Getty Images.

Habiendo hecho esto, quien tramite el Permiso COVID 4.0 podrá ausentarse de su trabajo por cinco días y recibir un subsidio del 60 % del salario registrado en el IMSS durante los días cuarto y quinto de incapacidad. Este pago se realizará en la cuenta registrada y una vez que se tramite la solicitud, no podrá cancelarse. 

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Me llamo Erick Ponce y trabajo en Sopitas.com desde el 2020. De hecho, entré justo un mes antes de que se decretara la pandemia de COVID-19; pero bueno, este no es el lugar para deprimirlos. Antes colaboré...

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