Lo que necesitas saber:

El Reglamento de Tránsito prohíbe su circulación en centrales o interiores de vías de acceso controlado.

Seguro ya vieron el video de un grupo de patinadores circulando en los carriles centrales de Río Mixcoac, en el bajo puente que cruza Insurgentes, y también han topado las reacciones en redes. Acá les vamos a platicar sobre qué dice el Reglamento de Tránsito chilango al respecto.

Sobre todo porque, además de que el video está en tendencia, la conversación acerca de las prácticas seguras y el conocimiento del Reglamento de Tránsito puede ayudar a salvar vidas.

A propósito de los patinadores de Río Mixcoac: ¿Se puede patinar en carriles centrales y qué sanciones hay?
Foto: @enriquemunozFM

Patinadores de Río Mixcoac: ¿Se puede patinar en carriles centrales?

El lunes 26 de febrero comenzó a rolar el video un grupo de patinadores que circulaba en los carriles centrales de Río Mixcoac.

Pasó por el bajo puente que cruza Insurgentes y mientras grababan el viaje, una de las patinadoras cayó y estuvo a punto de ser arrollada por uno de los autos que iba detrás.

Afortunadamente el conductor o la conductora alcanzó a frenar. No hubo carambola y, al parecer, la patinadora sólo se llevó un par de raspones.

A propósito de los patinadores de Río Mixcoac: ¿Se puede patinar en carriles centrales y qué sanciones hay?
Foto: @enriquemunozFM

Hubo todo tipo de reacciones en redes, que iban desde señalar lo peligroso de esta experiencia tanto para los patinadores como conductores.

A propósito de este caso, le echamos un buen ojo al Reglamento de de Tránsito de CDMX.

Que en su capítulo III “De la circulación de vehículos no motorizados” de plano prohíbe la circulación de vehículos no motorizados —aquellos que utilizan la tracción humana, el pedaleo asistido o propulsión eléctrica para su desplazamiento con una velocidad máxima de 25 km/h— en carriles centrales o interiores de las vías de acceso controlado.

Patinadores en Río Mixcoac: ¿Puedes patinar en carriles centrales y qué sanciones hay?
Foto: ssc.cdmx.gob.mx

Además de los sitios con señalamiento restrictivo, excepto cuando la mera mera Secretaría de Seguridad Ciudadana lo permita.

¿Hay multas?

Pues… no. El Reglamento de Tránsito indica que para los usuarios de vehículos motorizados que no cumplan con las reglas serán amonestados verbalmente por los agentes de tránsito.

La amonestación tiene como propósito orientar a usuarios a respetar el reglamento y evitar la repetición de los casos.

Y sobre el caso de los patinadores de Río Mixcoac, de acuerdo con Azteca Noticias, después de que el video se hiciera viral, la Policía de Tránsito dijo que llevará a cabo recorridos en la zona para evitar que grupos como este ponga en riesgo su vida y la de los demás.

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Hola, soy Lucy Sanabria. Desde 2018 redacto y reporteo para Sopitas.com, con especial entusiasmo en temas de derechos humanos y LGBT+. En 2021 fui parte de la generación de la beca de Periodismo Incluyente...

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