Ya que imponen sanciones patrimoniales por infracciones de tránsito de manera automática, el juez octavo de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México, Fernando Silva García,  declaró como anticonstitucional el cobro de las llamadas fotomultas.

De acuerdo con el juez, los artículos 9, 60, 61, 62 y 64 del Reglamento de Tránsito de la CDMX son inconstitucionales ya que al amparo de ellos se imponen infracciones por medio de cámaras fotográficas, lo cual priva el derecho de audiencia previsto en el artículo 14 de nuestra Constitución.

Aunque no de manera definitiva, lo señalado por Silva García significa un duro revés a las fotomultas impuestas por el gobierno de Miguel Ángel Mancera, ya que fueron diversos los amparos que se interpusieron para evitar la sanción de éstas, las cuales se realizan con el nuevo Reglamento de Tránsito, el cual apenas fue publicado en 2015 en la Gaceta Oficial de la CDMX.

El juez consideró que un video o una foto no puede generar en automático un acto en perjuicio de nadie, ya que sólo debería tomarse como un indicio, con el cual se daría paso a un juicio… y ahí sí, que el infractor pueda meter las manitas y se determine si la sanción procede o no. Más sabiendo que las cámaras con calibradas por una empresa subrogada, es decir, que es ajena a la administración de la Ciudad de México y se lleva el 46% del ingreso efectivo que una fotomulta significa.

¿Y qué tal que las calibran de tal manera que infraccionen hasta a quienes van por debajo del límite de velocidad? Nomás para embolsarse más dinero. Algo que no pasa en nuestro país, pero…

Bueno, el juez determinó que precisamente ese factor (el que casi todo lo de las fotomultas se vaya a una empresa privada) va en contra de la seguridad jurídica de los ciudadanos, ya que se desvía la finalidad pública del Reglamento de Tránsito al privilegiar las ganancias de particulares y de la administración.

Además, si bien es cierto que en otros países se imponen fotomultas, el juez señaló que también se tiene chance de ir a audiencias para defenderse de la sanción, cosa que en la Ciudad de México no sucede. Es decir, no es ir contra la tecnología para imponer multas, sino que se debe garantizar una audiencia para que el supuesto infractor se defienda y así, se diga que para la administración de la Ciudad de México importa más la seguridad vial y no el lucro de una empresa, que es lo que por ahora parece.

Los amparados por la decisión del juez se verán libres del pago de la boleta de infracción y, en el caso de los que ya pagaron, verán cómo ese dinerito les es devuelto, previa audiencia.

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