El magistrado Héctor Jiménez era señalado como uno de los responsables directo de la liberación de Juan Carlos García, exesposo de Abril Pérez Sagaón y principal sospechoso de su asesinato… sin embargo, no será sancionado. ¿Por?

Bueno, para empezar hay que decir que el magistrado Jiménez fue el que desestimó la denuncia que en enero pasado presentó Abril Pérez, luego de ser agredida con un bate de beisbol por su entonces pareja. El hombre de leyes no consideró que golpear en la cabeza con ese objeto llevaba la intención de acabar con la vida de la víctima… así que avaló la reclasificación del acto: de tentativa de feminicidio a simplemente violencia intrafamiliar y lesiones.

Foto: Reforma

Al magistrado como que le faltó algo en la acusación de Pérez Sagaón… quizás si hubiera llevado el bate y la arma punzocortante con que su pareja la agredió, pues chance si podría suponer que había la intención de cometer un acto feminicida. Pero como nomás vio las lesiones… pos no.

Por si lo anterior no fuera lo suficientemente risible, al dar el aval a la reclasificación del delito (lo cual abrió la puerta para la liberación de García), el magistrado comentó que si el acusado hubiera querido matar a Pérez, “bastaría con un solo golpe si es que estaba en total estado de indefensión (dormida)”

En fin, meses después de la liberación de Juan Carlos García, el pasado 25 de noviembre, Abril Pérez fue asesinada… dejando a su expareja como principal sospecho.

Hace un par de días, los legisladores se pusieron de acuerdo y, por unanimidad, solicitaron emprender acciones contra el magistrado Jiménez y los jueces que llevaron el caso Abril. Sin embargo, sólo se suspendió a los Federico Mosco y Luis Alejandro Díaz, acusados de no actuar con perspectiva de género y poner en riesgo a la víctima… no así al magistrado Jiménez, a quien no le tocaron ni un pelo mientras era investigado por las autoridades correspondientes.

Y ahora, se confirma que el susodicho no tendrá ni una sola sanción en contra:

“Los datos de prueba que fueron proporcionados por las partes, fueron suficientes para establecer, tal y como lo determinó el Juez, que sí existió la realización de actos ejecutivos de llevar a cabo una agresión, pero no con el ánimo o intensión (sic) de que una persona perdiera la vida; además, no se materializa la totalidad de los actos ejecutivos, propios e idóneos tendientes a causar la privación de la vida”, indica el fallo que deja a Héctor Jiménez libre de cualquier sanción por el caso de Abril Pérez, al cual Reforma tuvo acceso.

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