Pues con la ya no tan novedosa novedad de que, en esta administración, Elba Esther Gordillo sigue como Belinda: ganando como siempre.

Ahora el punto para la Gordillo fue con este asunto del pago de impuestos (seee, otra vez). Resulta que la exlideresa del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) le ganó un juicio de amparo al Sistema de Administración Tributaria (SAT) y, con ello, se librará de pagar en gravámenes la módica cantidad de 9 millones 431 mil 418 pesos con 24 centavos.

Elba Esther Gordillo
Foto: Víctor Gahbler / El Heraldo de México

De acuerdo con Reforma, Hacienda le quería sacar toda esa lanota a Elba Esther Gordillo tras detectar que, en 2012, ésta se fue de shopping a Estados Unidos, haciendo pasar sus tarjetas de crédito en repetidas y majaderas ocasiones (la cuenta fue de más de 13 millones de pesos).

Lo anterior no hubiera sido problema (¿no?), si no fuera porque en su declaración anual, La Maestra dijo no haber tenido ingresos acumulables y sólo 350 mil pesitos de ingreso neto por salario… con base en esa irregularidad, el SAT hizo revisión de la situación fiscal de Gordillo Morales (incluso solicitando apoyo del servicio tributario gabacho) y así fue como determinó sacarle los más de 9 millones a la susodicha, por concepto de ISR, actualizaciones, recargos y multas.

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Foto: Cuartoscuro

Y ahí es donde entró el amparo que, ahora, fue concedido por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA).

“Se estima por esta juzgadora que la resolución impugnada se encuentra indebidamente fundada y motivada al fundarse en un precepto reglamentario inaplicable y por ende indebido, señaló el mentado tribunal, tras considerar que el SAT hizo un análisis deficiente de las pruebas ofrecidas durante la revisión del recurso de revocación.

'Vamos a sacar a aquellos que nos pusieron de rodillas', amenaza Elba Esther
Foto: Cuartoscuro.

Para los miembros del TFJA, las pruebas de Elba Esther Gordillo eran lo suficientemente claras para “acreditar que los depósitos y gastos observados no afectaron positivamente el patrimonio de la quejosa, sino que consistieron en gastos de representación del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación; es decir, se trata de gastos erogados que benefician directamente al sindicato”.

Además, según apunta Reforma, los magistrados detectaron que el procedimiento del SAT fue equivocado: para determinar si Gordillo omitió el pago de impuestos, debió aplicar un procedimiento de la Ley del ISR conocido como “discrepancia fiscal”. En lugar de eso, dio por hecho que los ingresos no declarados eran acumulables para fines de pago del ISR.

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